REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con
competencia para el Régimen Procesal Transitorio
Mérida, 29 de Junio del año Dos Mil Once.
201º y 152 º
ASUNTO: 19407
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: JOSE ANGEL PERDOMO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.152.142, domiciliado en la Avenida 7, entre calles 18 y 19, Nº 18-45, Mérida, Estado Mérida.
DEMANDADA: NANCY COROMOTO VILLASMIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.900.613, domiciliada en Residencias El Arenal, Sector Santa Bárbara, S/N, Estado Mérida.
ABOGADA ASISTENTE DEL DEMANDANTE: YVONNE RANGEL VELASQUEZ y EDDYLEIBA BALZA PEREZ, Fiscales Novena y Auxiliar del Ministerio Público del Estado Mérida.
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN Y BONO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
DETERMINACIÓN PRELIMINAR DE LA CAUSA
En fecha 19/06/2008 se recibe DEMANDA presentada por el ciudadano JOSE ANGEL PERDOMO SALAZAR, debidamente asistido por las Abogadas YVONNE RANGEL VELASQUEZ y EDDYLEIBA BALZA PEREZ, Fiscales Novena y Auxiliar del Ministerio Público del Estado Mérida, identificados en autos.
En fecha 30/06/2008, se le dio entrada al presente expediente y fue admitido por ante suprimido Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Jueza N° 03. Igualmente se notifica a la Fiscalía de Protección del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
En fecha 10/07/2008, compareció el Alguacil adscrito a este Tribunal, consignando boleta debidamente firmada por la representación Fiscal del Ministerio Publico.
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En fecha 21/06/2010, entró en funcionamiento el Circuito Judicial de Protección, por cuanto en fecha 29/09/2009, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a la Resolución 2009-00037, suprimió el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la esta Circunscripción Judicial, igualmente suprimió la Sala de Juicio N° 03, y creó el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con competencia en Régimen Procesal Transitorio.
De la revisión realizada a los autos se evidencia que la última actuación de las partes se efectúo en fecha 19/06/2008, fecha en la cual se introdujo la demanda ante el Suprimido Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, habiendo transcurrido hasta la presente fecha más de 02 años, sin que la parte demandante solicitante actuara en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, por lo que puede concluirse que ha operado LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la cual puede ser declarada de oficio de conformidad con el artículo 269 del referido instrumento jurídico.
A tales efectos ha establecido el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.
Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley, considera esta juzgadora que lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento de Ofrecimiento de Obligación de Manutención y Bono incoado por el ciudadano JOSE ANGEL PERDOMO SALAZAR, en contra de la ciudadana NANCY COROMOTO VILLASMIL, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se declara.---------------------------------------
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en consecuencia, se extingue el presente procedimiento de Ofrecimiento de Obligación de Manutención y Bono incoado por el ciudadano JOSE ANGEL PERDOMO SALAZAR, en contra de la ciudadana NANCY COROMOTO VILLASMIL, ya identificados. ASI SE DECIDE.------------------------------------------------------------------------------- Se acuerda la notificación de la parte demandante a los fines de interponer los recursos que consideren pertinentes.------------------------------------------------ DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SEDE DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO CON COMPETENCIA PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 29 de Junio del año dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. MGSC. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA
LA SECRETARIA
ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria.
Linda/19407
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