REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 14 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2011-003073
ASUNTO : LP01-P-2011-003073
Visto el escrito presentado por el defensor del imputado Franklin Joel Albarrán Hernández, mediante la cual solicita a este tribunal la ampliación del régimen de presentaciones, debido a que ha cumplido cabalmente las obligaciones que le fueron impuestas y para no tener inconvenientes en su sitio de trabajo.
En tal sentido este tribunal observa:
Único:
Que el ciudadano ha cumplido cabalmente con el llamado del tribunal a las audiencias pautadas, y del sistema Juris 2000 se evidencia que efectivamente el imputado Franklin Joel Albarrán Hernández, está cumpliendo con el régimen de presentaciones que en la oportunidad legal se le impuso, lo que indica que el mismo responsablemente se ha sometido a las condiciones u obligaciones señaladas en la decisión respectiva, dictada el veintiuno de marzo de dos mil once (21.03.2011), para asegurar las resultas del procedimiento, motivo por el cual, este tribunal considera que no hay inconveniente alguno para ampliar el régimen de presentaciones de ocho (8) días a veintidós (22) días, es decir, se amplía el mismo por el lapso de quince (15) días. Asimismo, se insta al imputado a cumplir con el régimen de presentaciones, ya que lo está realizando de manera irregular.
Dispositiva:
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, amplía el régimen de presentaciones que debe cumplir el imputado Franklin Joel Albarrán Hernández, quien deberá presentarse cada veintidós (22) días ante la sede de este tribunal, ampliación de medida que se hace de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y al imputado sobre el contenido de esta decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
La Juez de Juicio N° 05
Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Yanira Lobo
En fecha__________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros:___________________________________________ .____________________________________________________________
Sria