REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 10 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-001599
ASUNTO : LP01-P-2008-001599
ORDEN DE APREHENSIÓN.
De la revisión de las actuaciones que conforman la presente causa seguida al penado ROGER ORLANDO MÁRQUEZ VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 12.777.547, se observa que hasta la presente fecha no ha comenzado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en los artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas por lo que se hace necesario hacer las siguientes consideraciones:
Antecedentes
El ciudadano ROGER ORLANDO MÁRQUEZ VARGAS, (identificado en autos) le fue impuesta condena penal por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en fecha 15-01-2009, mediante sentencia firme, ejecutoriada en auto de fecha 27-04-2009, la cual hasta la presente fecha no ha comenzado a cumplir por cuanto no ha comparecido a los llamados del tribunal, para imponerlo del ejecútese de sentencia; por cuanto ha sido imposible localizarlo, tal como se evidencia al dorso de las boletas de citación que constan en autos.
Motivación
Ahora bien, tomando en consideración lo antes señalado, aprecia el Tribunal que efectivamente, el penado en mención, hasta la presente fecha no ha comenzado a cumplir la pena de prisión, impuesta por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en fecha 15-01-2009, por la comisión del delito de POSESIÓN DE ESTUPEFACIENTES, por cuanto no ha sido localizado para imponerlo del ejecútese de sentencia a pesar de haber practicado la citación en varias oportunidades, tal como consta al reverso de las boletas que cursan en las presentes actuaciones.
En tal sentido y para garantizar la sujeción del penado al proceso y el efectivo cumplimiento de la pena impuesta, este Tribunal de Ejecución procede a ordenar la inmediata APREHENSIÓN del ciudadano ROGER ORLANDO MÁRQUEZ VARGAS, (ya identificado), por conducto de los cuerpos de seguridad del Estado, cumplido lo cual debe ser presentado al Tribunal en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, para imponerlo.
Decisión
EI Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de confinidad con lo previsto en el Articulo 44 numeral l° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, dicta Orden de Aprehensión en contra del penado de autos, ciudadano ROGER ORLANDO MÁRQUEZ VARGAS, (ya identificados), y en consecuencia, acuerda remitir oficio a los distintos Cuerpos de Seguridad del Estado, informándoles que una vez aprehendido el mismos deberá ser puestos a la orden de este Tribunal. Notifíquese a la defensa y a la Fiscalía 22 del Ministerio Publico. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN.
Abg. Alida Morella Torcatti Berroterán.
LA SECRETARIA:
Abg. Lisyane Terán Moreno.
En fecha se libraron los oficios N° , boletas de notificación N°