REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de junio de dos mil once.
201º y 152º
A los fines de verificar el vencimiento del lapso probatorio en el presente juicio de Interdicto de Despojo, efectúese por Secretaría Cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal, desde el día 24 de mayo de 2011, exclusive, fecha ésta en que se declaró abierto a pruebas el presente juicio, hasta el día de hoy, 09 de junio de 2011, inclusive. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede, pasa a efectuar el cómputo indicado y a tal efecto, CERTIFICA: Que revisado tanto el Libro Diario como el almanaque judicial llevados por este Tribunal durante el presente año 2011, se pudo constatar que, desde el día 24 de mayo de 2011, exclusive, hasta el día de hoy, 09 de junio de 2011, inclusive, transcurrieron en este Juzgado DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO. Conste, en Mérida a los nueve días del mes de junio de dos mil once.
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.252.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de junio de dos mil once.
201º y 152º
Como quiera que del computo que antecede se puede constatar que ha transcurrido íntegramente el lapso probatorio a que se contrae el auto de fecha 24 de mayo de 2011 (folio 36), se entiende abierto, a partir del día de despacho siguiente al de hoy, de conformidad con el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil vigente, el lapso legal de TRES (03) DÍAS DE DESPACHO, para que ambas partes puedan presentar al Tribunal sus alegatos ---conocido por la doctrina en lo juicios de interdictos como Informes de las partes--- que consideren convenientes, en cualesquiera de las horas fijadas en la tablilla de este Tribunal.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.252.-