EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinte (20) de junio de dos mil once (2011).
201º y 152º
SOLICITANTE: JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-10.712.359, domiciliado en la Ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado en ejercicio JESÚS ALBERTO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- 9.475.850, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 50.937, domiciliado en la Ciudad de Mérida estado Mérida y jurídicamente hábil.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD Nº 7305.
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por el ciudadano: JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-10.712.359, domiciliado en la Ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado en ejercicio JESÚS ALBERTO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- 9.475.850, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 50.937, domiciliado en la Ciudad de Mérida estado Mérida y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Tribunal se declaren como ÚNICOS Y UNIVERSAL HEREDEROS, del causante PONCIANO QUINTERO IBARRA, quien era venezolano, casado, de ochenta y seis (86) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 661.438, natural de Mérida estado Mérida, quien falleciera en la Ciudad de Mérida estado Mérida, en fecha veintinueve (29) de abril del año 2.011, como consta en la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Campo Elías del estado Mérida inserta bajo el No 21, folio 21 correspondiente al año 2.011, a su esposa MARÍA ELVIRA ZERPA DE QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- 8.017.072, domiciliada en la Ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, y a sus hijos ciudadanos JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, JOSÉ QUINTERO ZERPA, MARÍA FILOMENA QUINTERO ZERPA, ALIRIO QUINTERO FLORES, FELICIANO QUINTERO ZERPA, JOSÉ ELADIO QUINTERO FLORES, CARMEN MIREYA QUINTERO ZERPA, FERMÍN QUINTERO ZERPA, JOSÉ ESTEBAN QUINTERO ZERPA, DORA ALICIA QUINTERO ZERPA y MARCOS JOSÉ QUINTERO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V – 10.712.359, V – 8.016.994, V – 8.030.506, V – 8.022.857, V – 8.041.177, V – 9.472.733, V – 10.712.551, V – 10.712.543, V – 10.712.546, V – 11.464.326 y V – 13.803.481, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábiles, tal y como se desprende de las copias certificadas del acta de defunción, partida de matrimonio, partidas de nacimiento y copias simples de las cédulas de identidad, quien solicita a este Tribunal se realice la respectiva declaratoria.
Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en:
A)- Copia certificada del Acta de Defunción del causante PONCIANO QUINTERO IBARRA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Campo Elías del estado Mérida inserta bajo el No 21, folio 21, correspondiente al año 2.011 (folio 3 y su vuelto).
B)- Copia certificada de la Partida de Matrimonio de los ciudadanos causante PONCIANO QUINTERO IBARRA y MARÍA ELVIRA ZERPA FLORES, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 34, folio 37 y su vuelto, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y tres (1.953), (folio 4 y su vuelto).
C)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano JOSÉ QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 328, folio 167, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y cuatro (1.954), (folio 5).
D)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARÍA FILOMENA QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 840, folio 123, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y ocho (1.958), (folio 6).
E)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ALIRIO QUINTERO FLORES, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 294, folio 000149, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y seis (1.956), (folio 7).
F)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano FELICIANO QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 1420, folio 239, correspondiente al año mil novecientos sesenta y uno (1.961), (folio 8).
G)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano JOSÉ ELADIO QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 2015, folio 37, correspondiente al año mil novecientos sesenta y tres (1.963), (folio 9).
H)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMEN MIREYA QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 1.584, folio 222, correspondiente al año mil novecientos sesenta y seis (1.966), (folio 10).
I)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, bajo el N° 1746, folio 140, correspondiente al año mil novecientos sesenta y siete (1.967), (folio 11).
J)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano FERMÍN QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, bajo el N° 146, correspondiente al año mil novecientos sesenta y ocho (1.968), (folio 12).
K)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano JOSÉ ESTEBAN QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, bajo el N° 20, correspondiente al año mil novecientos setenta (1.970), (folio 13).
L)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana DORA ALICIA QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, bajo el N° 73, correspondiente al año mil novecientos setenta y dos (1.972), (folio 14).
LL)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MARCOS JOSÉ QUINTERO ZERPA, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, bajo el N° 46, correspondiente al año mil novecientos setenta y seis (1.976), (folio 15).
M)- Copia simple de la cédula de identidad del causante PONCIANO QUINTERO IBARRA, (folio 16).
K)- Copia simple de las cédulas de identidad de los ciudadanos: MARÍA ELVIRA ZERPA DE QUINTERO, JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, JOSÉ QUINTERO ZERPA, MARÍA FILOMENA QUINTERO ZERPA, ALIRIO QUINTERO FLORES, FELICIANO QUINTERO ZERPA, JOSÉ ELADIO QUINTERO FLORES, CARMEN MIREYA QUINTERO ZERPA, FERMÍN QUINTERO ZERPA, JOSÉ ESTEBAN QUINTERO ZERPA, DORA ALICIA QUINTERO ZERPA y MARCOS JOSÉ QUINTERO ZERPA, (folios 16 y 17).
L)- Declaración de testigos, de los ciudadanos: ALIS ELENA MÉNDEZ DE HERNÁNDEZ y MARÍA HAYDEE HERNÁNDEZ MÉNDEZ, quienes fueron presentados por la parte interesada ante este juzgado en fecha catorce (14) de junio de dos mil once (2011), (folios 21 y 22 con sus respectivos vueltos).
Esta juzgadora al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en Derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos presentados ante este juzgado en fecha catorce (14) de junio de dos mil once (2011), y en atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que les asiste a los ciudadanos MARÍA ELVIRA ZERPA DE QUINTERO, JORGE MARIO QUINTERO ZERPA, JOSÉ QUINTERO ZERPA, MARÍA FILOMENA QUINTERO ZERPA, ALIRIO QUINTERO FLORES, FELICIANO QUINTERO ZERPA, JOSÉ ELADIO QUINTERO FLORES, CARMEN MIREYA QUINTERO ZERPA, FERMÍN QUINTERO ZERPA, JOSÉ ESTEBAN QUINTERO ZERPA, DORA ALICIA QUINTERO ZERPA y MARCOS JOSÉ QUINTERO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V - 8.017.072, V – 10.712.359, V – 8.016.994, V – 8.030.506, V – 8.022.857, V – 8.041.177, V – 9.472.733, V – 10.712.551, V – 10.712.543, V – 10.712.546, V – 11.464.326 y V – 13.803.481, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles,, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PONCIANO QUINTERO IBARRA, quien era venezolano, casado, de ochenta y seis (86) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 661.438, natural de Mérida estado Mérida, quien falleciera en la Ciudad de Mérida estado Mérida, en fecha veintinueve (29) de abril del año 2.011, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En la Ciudad de Mérida, a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZ
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO.
LA SECRETARIA
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 10:30 de la mañana.-
Quedando su asiento en el libro diario bajo el Nº 03.
SRIA.
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