REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, Dos (02) de Marzo de dos mil once (2011).-------------------------------------------------------------------------------------------------

200º y 152º

Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha Veinticinco (21) de Enero de dos mil once (2011), presentada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE SALINAS DUARTE y YUMAR ALEJANDRA MORALES ROJAS, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.714.445 y V.- 13.447.131, en su orden, domiciliados en Tovar Estado Mérida, asistidos en este Acto por el Abogado en Ejercicio: LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.235.928, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.702. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: LUIS ENRIQUE SALINAS DUARTE y YUMAR ALEJANDRA MORALES ROJAS, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar. Asimismo en cuanto al Régimen Económico, se deja establecido que el aumento proporcional será del veinte por ciento (20%) anual y no como esta establecido en el escrito de la presente solicitud. Conforme a la presente solicitud que riela a los folios del 02 al 04 del Expediente Nº 7115, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

LUIS ENRIQUE SALINAS DUARTE

YUMAR ALEJANDRA MORALES ROJAS
ABG. LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS
ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA TEMPORAL


ABG. MINERVA YORLEY ZAMBRANO R
EXP Nº 7115