REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO. EXTENSIÓN EL VIGIA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía
El Vigía, diecisiete de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : LP31-L-2010-000203
AUTO
Visto el escrito de promoción de pruebas consignado por el abogado EURO ANTONIO LOBO ALARCON, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.587, en su condición de representante procesal de la parte actora, inserto al folio 33 y 34; este Tribunal dentro del lapso legal correspondiente y de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de seguidas pasa a providenciar los indicados medios probatorios:
Con relación a las pruebas documentales,
PRIMERO: fotocopia de constancia de trabajo suscrita por el ciudadano ÁNGEL LEDESMA NAVA; en su condición de Presidente de la Corporación Drogueria Los Andes C.A. que obra al folio 35; se admiten en cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
SEGUNDO: Original de NOTA DE ENTREGA fechada el 12 de enero de 2010, que obra al folio 36; se admiten en cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
TERCERO: fotocopia de CONSTANCIA DE ENTREGA DE CARNET, de fecha 18 de septiembre de 2006, que obra al folio 37; se admiten en cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
CUARTO: bauche y su correspondiente relación de gastos, de fecha 18 de septiembre de 2009, sobre u deposito que se hace a favor al demandante y que esta discriminado por la empresa como RELACION GASTOS DE VIATICOS, que obra a los folios 38 y 39, respectivamente, se admiten en cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
QUINTO: bauches de pago, que obran del folio 40 al 45, ambos inclusive, se admiten en cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Se advierte que el ciudadano AUMONIO SOSA VIELMA, en su condición de parte actora, deberá estar presente en la audiencia oral de juicio a los fines de rendir su declaración, si hubiere lugar a ello de conformidad con lo establecido en el artículo 103 ejusdem. Provéase.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en la dirección denominada http://merida.tsj.gov.ve/.
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La Juez Titular,
Abg. Esp. Minerva Mendoza Paipa.
El Secretario,
Abg. Gabriel E. Peña B.
En la misma fecha, se publicó el presente auto en el portal informático http://merida.tsj.gov.ve/.
El Secretario,
Abg. Gabriel Eduardo Peña