REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
MÉRIDA, CATORCE (14) DE MARZO DE 2011
200º y 151º
ACTA DE INICIO SUSTANCIACIÓN
EXPEDIENTE Nro: 00951
DEMANDANTE: LIZ YANIRA ESTABA BARRERO
DEMANDADO: FRANCISCO ANTONIO DAVILA CALDERON
En horas del día de hoy, lunes 14 de marzo del año 2011 siendo las 12:00 del mediodía, estando presente la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Abg. Consuelo Toro Dávila, La Secretaria Abg. Ana Leonor Peña Rojas. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadana LIZ YANIRA ESTABA BARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.853.782, en compañía del adolescente OMITIR NOMBRE y la niña OMITIR NOMBRE. Se encuentra presente el Fiscal Décimo Quinto, abogado ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada ciudadano FRANCISCO ANTONIO DAVILA CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.006.358; asistido por la abogado en ejercicio ALDO ENRIQUE MONSALVE, inscrito en el Inpreabogado N° 85.504, en la presente audiencia, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio de MODIFICACION EN EL EJERCICIO DE CUSTODIA, tal como fue fijada mediante auto de fecha 21 de febrero del año 2011. De conformidad con el artículo 80 y 469 de la LOPNNA, se escucha la opinión del adolescente OMITIR NOMBRE, quien opino: Yo estoy bien con mi mama, quiero seguir con ella y así la ayuda con mi otro hermano, yo casi no comparto con mi papa a raíz del divorcio, pero no tengo inconveniente en compartir con el y las veces que sean necesarias. Es todo. La niña OMITIR NOMBRE, opino: tengo siete (7) años, hace mucho tiempo estoy viviendo con mi papa, me siento bien con el y me gustaría seguir viviendo con el, estudio en la escuela bolivariana de Jají, me gustaría que mi mama siguiera compartiendo conmigo los fines de semana, vacaciones como lo ha hecho. Acto seguido la jueza explica a las partes presentes, la finalidad de la fase de sustanciación de conformidad a lo establecido en el articulo 475 de la LOPNNA, mediante el cual las partes intervendrán sobre las cuestiones formales referidas o no a los presupuestos del proceso, las observaciones y los vicios o situaciones que pudieran existir, son pena de no poderlos hacer valer posteriormente. Las partes manifestaron no tener ninguna objeción al respecto. Así mismo solicitan el derecho de palabra para informar al tribunal, el acuerdo llegado entre ambos en relación a la determinación de la modificación de la custodia del adolescente y niña de autos, en los siguientes términos: El ciudadano FRANCISCO ANTONIO DAVILA CALDERON, cede en este acto la custodia de su hijo, el adolescente OMITIR NOMBRE, a su progenitora la ciudadana LIZ YANIRA ESTABA BARRERO, por cuanto de hecho la ha tenido y tomando también consideración la opinión del adolescente de querer continuar conviviendo con su progenitora, reservándome la custodia de mi hija, la niña OMITIR NOMBRE, tal y como consta en la decisión de fecha 09/07/2009, por el Tribunal Competente la cual corre inserta del folio 28 al 31. La ciudadana LIZ YANIRA ESTABA BARRERO, acepta en este acto la cesión de custodia de su hijo el adolescente OMITIR NOMBRE, por su padre el ciudadano FRANCISCO ANTONIO DAVILA CALDERON, comprometiéndose ambos padres a mantener el contacto directo tanto con los hijos como ellos como hermanos a los fines de lograr lazos afectivos entre ambos. Solicitan al Tribunal se homologue el presente convenimiento y se cierre el presente expediente. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos LIZ YANIRA ESTABA BARRERO y FRANCISCO ANTONIO DAVILA CALDERON, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al adolescente y niña de autos, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman
LA JUEZA
ABOG. CONSUELO TORO DÁVILA
DEMANDANTE REPRESENTACION FISCAL
DEMANDADO ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
CTD/wasc
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