REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01

El Vigía, 11 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-000570
ASUNTO : LP11-P-2011-000570


AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual la ABG. HORTENCIA RIVAS, en su condición de Fiscal del Ministerio Público, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI, PARROQUIA ROMULO BETANCOURT, LA PEDEKA, DIAGONAL A MI MOTEL, EL VIGIA, ESTADO MERIDA, CASA UNIFAMILIAR DE UN SOLO NIVEL CON PAREDES DE BLOQUE DE CEMENTO, ENVESTIDAS EN COLOR VERDE CLARO REJAS DE METAL COLOR BLANCAS, donde reside un ciudadano conocido como JOSE PEREZ, alias el PERRILLO y JUAN PARRA alias el CONEJO”, de quien se desconocen más datos de identificación; el fin de esta orden de allanamiento es UBICAR E INCAUTAR ARMAS DE FUEGO y MUNICIONES DE DIFERENTES MARCAS y CALIBRES, ASI COMO PARTES DE ACCESORIOS y PIEZAS PICADAS DE VEHICULOS AUTOMOTOR DE PROCEDENCIA DUDOSA, que guardan relación con la averiguación penal 14F6-0287-2011, allanamiento éste a practicará por una comisión de Funcionarios, al mando del Comisario (PM) LIC. ALVARO ALEXIS SANCHEZ CUELLAR, adscritos a la División de Investigaciones, Criminales de la Policía del Estado Mérida; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los DOS (02) DIAS contados a partir de la presente fecha (11-03-11). Así mismo, devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01,

ABG. RAUL EDUARDO USECHE PERNIA
LA SECRETARIA,

MILAGRO ARANDA VIVAS
En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexa a oficio N° _______/11y se remitió la solicitud a la Fiscalía del Ministerio Público anexa al oficio N° ________/11.

LA SRIA,