REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de marzo de dos mil once.-

200º y 152º

Visto que la sentencia definitiva dictada por este Juzgado en fecha 18 de mayo de 2.009 (folios 112 al 123), en la cual declaró con lugar la interdicción del ciudadano PEDRO GIVANNY TREJO SANGUINO, y confirmada dicha sentencia por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Menores y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29 de octubre de 2.009, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con el numeral tercero del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Electoral en la que establece entre sus funciones: “Centralizar la información y documentación concerniente al registro de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas, así como las resoluciones judiciales o administrativas que alteren, incidan o modifiquen la condición de electora o elector”, en tal sentido, acuerda oficiar al Presidente de la Junta Electoral Principal del Estado Mérida, a los fines de hacerle saber que por ante este Tribunal ha quedado definitivamente firme la sentencia de interdicción del ciudadano PEDRO GIOVANNY TREJO SANGUINO. Anexándosele copia certificada de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Civil del Estado Mérida. Ofíciese.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se ofició al Presidente de la Junta Electoral Principal del Estado Mérida, anexo al oficio N° 192-2.011. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/dsf.-