JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veintidos (22) de marzo de dos mil once (2011).
200° Y 152
Vencido el lapso para que la parte actora acreditara la condición del ciudadano GERMAN MARQUEZ, requerida por el Tribunal mediante auto de fecha cuatro (04) de marzo de 2011, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declara INADMISIBLE la presente demanda
JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO
SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
AJOB/lh.-
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior reproducción fotostática es traslado fiel y exacto de la copia que se encuentran en el expediente Mercantil Nº 1014-11. DEMANDANTE: ABG. GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, APODERADO JUDICIAL DE LA MEPRESA SEVENTTEN COLLECTIONS C.A DEMANDADO: GERMAN MARQUEZ. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Certificación que hago en El Vigía, a los veintidós (22) días del mes de febrero de dos mil once (2011).
SECRETARIA
AB- SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
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