REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO,
TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Nueva Bolivia; Diez (10) de Marzo de 2011.
200° y 152°
Por cuanto observa este Tribunal que de las actuaciones que conforman el expediente de la causa principal, signado con el No. 2011-002, de fecha 19 de Enero de 2011, por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, se desprende que hubo Homologación del Convenimiento, suscrito por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la población de Nueva, en fecha 09 de Febrero de 2011, es por lo que, este Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio césar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, acuerda dejar sin efecto la Medida Preventiva de Embargo de Bienes Muebles, propiedad del Demandado ciudadano: FREDY OMAR HIDALGO ROSALES, decretada en fecha 19 de Enero de 2011. Se ordena la unificación del Cuaderno de Medida al Expediente principal.
Abg. Mirelis C. Moreno Cubarrubia.
Jueza Temporal.
Abg. Arcelinda Mojica Duarte.
Secretaria Titular.
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