JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Tres de Marzo de Dos Mil Once.
200º Y 152º
EXP. N° 7822
OFERENTE: YUNA MATTUTAT BONAVENTURA.
OFERIDO: SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA VIVIENDA C.A. “INMOVIVIENCA” en la persona de su Representante Legal RAUL JAIMES PACHECO.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.
Visto el desistimiento de fecha 25 de Febrero de 2011, suscrito por la ciudadana YUNA MATTUTAT BONAVENTURA, asistida por el abogado JUAN BAUTISTA GUILLEN GUILLEN, es por lo que este Tribunal acuerda y así decreta la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO suscrito, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA ACC:
ABG. XIOMARA CH. GOMEZ M.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SRIA: