Comisión Número. 839.11
En horas de despacho del día de hoy miércoles dos (2) de Marzo del año 2011, siendo las 10:30 am, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. El Vigía, con el objeto de practicar Medida Embargo Preventivo, decretada por Juzgado de Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora Caracciolo Parra y Olmedo de La Circunscripción Judicial del Estado Mérida. El Vigía, con la presencia del Juez, Abogado Francisco Barbara y el Secretario, Abogado Angel Bravo, titulares de las cédula de identidad números, V-8.030.441 y V-4.522.374, respectivamente, presentes los funcionarios policiales Orlando Moreno y Edgar Ceballos, titulares de las cédulas de identidad números V- 14.926.343 y V- 18.636.561 en su orden, destacados en la Sub-Comisaría Nº 12 de esta Ciudad del Vigía, Estado Mérida, y de los ciudadanos Shirsley Montes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- 13.790.944 con el carácter de perito y de la Empresa Depositaria Judicial Lex S, representada por el ciudadano José Rafael Uzcategui, venezolano, titular de la cédula de identidad numero V- 8.004.632, en un lugar señalado por la abogado Yeison Efrén Gallego Sánchez, titular de la cèdula de identidad Nº V 17.128.613, inscrito en el Inpreabogado Nº 142.420, con el carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano Levi Julio Cesar Cervantes Fischer, titular de la cédula de identidad No E- 81.338.245, el cual es Calle 3 Edificio Jugo, planta Baja, Local 14-83, sector el Tamarindo, del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, donde funciona la Empresa Sociedad Mercantil Fantástico Tienda por Departamento (FACA) C.A.. encontrándose una persona quien dijo llamarse Evangelos Bougias, la cual se identificó con el numero de cédula V- 23.204.477, al cual se le notifico la razón de la constitución de este Juzgado, concediéndole el termino de una (1) hora para que ejerza el derecho a la defensa y localice abogado de confianza, todo lo cual esta previsto en el articulo 49 ordinal primero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por el Articulo 15 del Código de Procedimiento Civil, presentándose la abogada Judith M. Labarca C. titular de la cédula de identidad No 9.204.141 e inscrita en el inpreabogado No 128.025. En este estado solicita el derecho de palabra el Abogado Yeison Efrén Gallego Sánchez antes identificado, concedido como fue expuso: Solicito a este Juzgado Ejecutor practique la Medida tal y como fue decretada por el Juzgado Comitente. En este estado toma la palabra el Juez, manifestándoles a las partes a que lleguen a un acuerdo. En este estado se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada asistido de la abogada Judith M. Labarca C., antes identificada concedido como fue expuso: me doy por notificado de la intimación y convengo de la presente demanda en todas y cada unas de sus partes igualmente ofrezco a cancelar en este acto la cantidad Decretada en el presente cuaderno de la siguiente manera: la cantidad de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES ( Bs 33.000,oo) en cheque contra el Banco Mercantil, agencia El Vigía, bajo en Nº 43191817, de la presente fecha, pertenecientes a la cuenta corriente Nº 01050130041130067882, de la empresa Fantástico Tienda por Departamento, (anexo copia simple), así mismo ofrezco por el resto de la obligación contenida en el presente cuaderno por el monto de TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (BS 33.625,oo), para ser pagado en la Fecha dos (02) de Abril del presente año, el cual será depositado en la cuenta corriente del Coendosatario en procuración EDGAR BECERRA TORRES de Banco Sofitasa Nº 0137-0001-07-0001039201, a los fines de garantizar ese segundo pago ofrezco en garantía dar en calidad de prenda un vehiculo que me pertenece según características son las siguientes: usado y según certificado de Registro de Vehiculo Nº 29572183, se anexa a copia,. Clase: Camioneta, Tipo; Sport Wagon. Marca; Ford, Modelo; Esacpe/Escape, Año; 2007, Color; plata, Serial carrocería; 1FMYU93157KB50616, Serial de Motor; 7KB50616, Uso; Particular, Placa; GDH30G, dicho vehiculo se encuentra en reparación en el concesionario, por lo cual me compromete entregarlo para el día Dieciocho (18) de Marzo del año en curso, a los fines que me sea devuelto al pago de la segunda parte ofrecida, no expuso más. En este estado solicita el derecho de palabra el abogado actor concedido como fue expuso: acepto lo ofrecido por la parte demandada en todo y cada unas de sus partes, agregando que el mismo podrá realizar abonos al monto a adeudar no expuso más. Ambas partes solicitamos que en caso de incumplimiento en los pagos se de por vencido el presente plazo y se proceda a su respectiva ejecución y se homologación el presente acuerdo, se leyó y conforme firman siendo las 1:10 pm
El Juez

Abg. Francisco Barbara


El Notificado

Evangelos Bougias
Abogado Asistente

Judith M. Labarca C

Abogado en Procuración


Yeison Efrén Gallego Sánchez

Perito Avaluador
Depositaria Judicial

José Rafael Uzcategui
Shirsley Montes

Agentes Policiales

Orlando Moreno

Edgar Ceballos



Secretario
Abg. Angel Bravo