REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 26 de mayo de 2011
201º y 152º

Expediente Nro. 02071
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ANA KARINA ROJAS MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.523.581, asistido por la ciudadana Defensora Publica Abogada Alba Marina Newman.
DEMANDADO: RONALD ALBERTO TORRES PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.200.004.
DESCENDIENTE: OMITIR NOMBRE, de 06 años de edad.
MOTIVO: REVISION POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 12 de abril del 2011, solicitud presentada por la ciudadana ANA KARINA ROJAS MORA, plenamente identificada en autos, contra el progenitor de su hijo ciudadano RONALD ALBERTO TORRES PEÑA, también identificado.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación verificando la comparecencia de las partes, según consta en el acta que antecede los ciudadanos ANA KARINA ROJAS MORA y RONALD ALBERTO TORRES PEÑA, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo el siguiente convenimiento a favor del niño OMITIR NOMBRE, de 06 años de edad, en los siguientes términos: El padre fija la obligación de manutención en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales. Se fijan 02 bonos especiales uno para el mes de agosto en el cual el padre se compromete a comprar todos los útiles escolares incluyendo el bolso/morral y la madre los uniformes completos, lo cual se realizara en forma alterna iniciando este año el padre la compra de los útiles y en el mes de diciembre se compromete a entregar el cesta de juguete mas OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00). Cantidades que serán descontadas de la nomina del mismo quien labora en la policía del estado Mérida y depositados en la cuenta del banco Bicentenario la cual este tribunal ordena en este acto su apertura a nombre de la ciudadana ANA KARINA ROJAS MORA, igualmente se establece un aumento a dichas cantidades del 15% cuando sea incrementado el salario del funcionario a partir del año 2012. Así mismo los padres en función de su hijo el ciudadano niño OMITIR NOMBRE, establece el régimen familiar de la siguiente manera: El padre establece cada 15 días un fin de semana completo a partir del día viernes en la tarde que el niño será retirado por la abuela paterna de la casa de la madre y retornado el día domingo en la tarde igualmente al domicilio de la madre y cualquier otro día que el padre pueda previo acuerdo con la madre siempre en beneficio del niño de autos. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente.------------------------------------------------------------------------------------------Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ANA KARINA ROJAS MORA y RONALD ALBERTO TORRES PEÑA, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe
La Secretaria
Abg. Linda Guillen Vergara


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.