REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 4 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2011-001904
ASUNTO : LP01-P-2011-001904


De la revisión efectuada a las actuaciones que conforman el presente asunto penal se observa:
Que cursa en ésta causa solicitud de entrega del vehículo automotor Clase Automóvil, Tipo Sedan, Marca FIAT, Modelo Siena, Año 2001, Color Blanco, Placas: EFI 96T, presentada por la ciudadana Mariella Josefina Parra Torres, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No V-7.255.965, el cual hizo referencia a la causa fiscal No 14F8-0368-08, cuando lo correcto era la signada con el No 14F8-0363-08, conocida por la Fiscalía Octava del Ministerio Público.

Ahora bien, en atención a la solicitud primigenia (con la nomenclatura errada), se solicitó a la Fiscalía Octava del Ministerio Público el asunto No 14F8-0368-08, siendo que dichas actuaciones fueron recibidas en este despacho el 18 de abril de 2011 (49 folios), constatándose al revisar las mismas que efectivamente éstas nada tienen que ver o no guardan relación con el asunto indicado inicialmente por la ciudadana Mariella Josefina Parra.

En ese orden de ideas y para efectos de garantizar una sana administración de justicia considera quien decide, que lo más ajustado a derecho es por una parte devolver las actuaciones contenidas en el asunto fiscal No 14F8-0368-08, a la Fiscalía Octava del Ministerio Público para efectos de que prosiga con la investigación aperturada en ese caso, y por la otra sugerir mediante oficio a la representación fiscal que remita las actuaciones signadas con el No 14F8-0363-08.

En virtud de lo expuesto y en aras de ordenar el proceso, con fundamento a lo previsto en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda:

Primero: Devolver las presentes actuaciones a la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Mérida con sede en Tovar para efectos de que prosiga con la investigación, habida cuenta que las mismas no guardan relación con los hechos indicados en su solicitud por la ciudadana Mariella Josefina Parra Flores, quien erró al indicar al tribunal un número de investigación perteneciente a la referida Unidad Fiscal, diferente al signado a su caso en particular.

Segundo: Se ordena librar oficio a la representación fiscal para que con la urgencia del caso remita las actuaciones signadas con el No 14F8-0363-08.

Así se decide, cúmplase y notifíquese lo conducente.



ABG. MARIANELA MARIN ESTRADA
JUEZ DE CONTROL No 03

ABG.
LA SECRETARIA

En fecha ___________, se cumplió con lo ordenado mediante boleta de notificación No ____________, remitiéndose las actuaciones a la Fiscalía Octava con oficio No ________________.-