REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 18 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2006-003779
ASUNTO : LP01-P-2006-003779


Por cuanto al folio 738 de las actuaciones, riela acta de defunción enviada por la Registradora Civil de la Parroquia Domingo Peña, en la cual se señala que en fecha treinta de junio de dos mil diez (30.06.2010), en la avenida 16 de Septiembre en la entrada del Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes, falleció el ciudadano Douglas Albert Sánchez Arias, por los motivos señalados en el acta, motivo por el cual, por tanto este tribunal procede a tomar la correspondiente decisión, en armonía con el artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal.

Identificación del Imputado:
Douglas Albert Sánchez Arias, venezolano, nacido en el primero de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (01-12-1981), de veintisiete (27) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.238.458, soltero, herrero, domiciliado en La Pedregosa, residencias La Trinidad, vía principal, quinta Olga María, N° 1-2, Mérida estado Mérida, hijo de los ciudadanos José Arturo Sánchez y Carmen Belem Arias.

Descripción del hecho objeto de la investigación:
El ciudadano Douglas Albert Sánchez, fue detenido por funcionarios adscritos al Grupo de Reacción Inmediata, Comisaría Policial N° 1, de la Dirección General de Policía del estado Mérida, el día 21 de agosto del presente año, a las tres horas de la tarde (3:00 p.m) aproximadamente, cuando los funcionarios Luis Curvelo y Melcherd Lacruz, se encontraban en labores de patrullaje por el sector Santa Elena, y observaron a un ciudadano que estaba a bordo de una moto Jog, de color negro, que vestía para el momento una camisa de color negro con letras blancas, ...y un pasamontañas de color negro, y una ciudadana que lo estaba sosteniendo por la camisa pidiendo auxilio y presentaba una herida cortante a nivel de los dedos de su mano izquierda, manifestando la ciudadana que este sujeto le había robado bajo amenaza de muerte con un arma blanca (cuchillo), un teléfono celular marca Nokia, modelo Slayder, de color negro con gris, y que le ocasionó una herida con el cuchillo, identificándose la víctima como Martha Del Carmen Silva Hernández. Inmediatamente se procedió a la verificación del ciudadano quien quedó identificado como Sánchez Arias Douglas Albert, observándose que en la parte del frente de su camisa que vestía para el momento, tenía una mancha de color rojo, procediendo el Agente Melcherd Lacruz a realizarle la inspección personal al sujeto, quitándole un pasamontañas de su cabeza que le cubría el rostro, se procedió a la revisión de la moto, observándose que presentaba manchas de color pardo rojizo en la parte superior de la cola del stop trasero, encontrándose también en el piso de la misma un teléfono celular marca Nokia, modelo Slayder de color negro con gris, un cuchillo de hoja metálica sierra con cacha de madera que presentaba manchas de color pardo rojizo. Durante la revisión estuvo presente un ciudadano identificado como Benavides Vega Diogenes, siendo trasladada la víctima hasta el IHULA para que fuera valorada en la lesión que presentaba en la mano izquierda…”.

Por el hecho antes descrito, la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Mérida comenzó a realizar las correspondientes averiguaciones y solicitó al Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, se decretase la aprehensión en situación de flagrancia de Douglas Albert Sánchez Arias, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma Blanca y Lesiones Intencionales Graves, previsto en los artículos 458, 277 y 415 del Código Penal, cuyo enjuiciamiento oral y público se ordenó en fecha veintidós de julio de dos mil nueve (22.07.2009).

Razones de hecho y de derecho en que se funda la decisión:
Este tribunal verificó la totalidad de las actuaciones de las cuales se desprende que en fecha veintidós de julio de dos mil nueve (22.07.2009), el tribunal de control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, ordenó el enjuiciamiento oral y público de Douglas Albert Sánchez Arias, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma Blanca y Lesiones Intencionales Graves, previsto en los artículos 458, 277 y 415 del Código Penal. Por tanto, al haberse ordenado la aplicación del procedimiento ordinario, se recibió las actuaciones en este tribunal de juicio y se fijó las audiencias previstas para la constitución del tribunal mixto, se prescindió de los escabinos y se fijó el juicio oral y público, sin embargo, se recibió acta de defunción del imputado en mención, donde se indica las razones por las cuales cesó la vida de Douglas Albert Sánchez Arias, es decir, que el mismo falleció el día treinta de junio de dos mil diez (30.06.2010), a las 8:00 de la noche, en la entrada de la sede del Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes, debido a un shock hipovolémico, hemorragia interna, perforación de corazón y pulmones, heridas por armas de fuego.
En tal sentido, definitivamente conoce el tribunal, que el acusado Douglas Albert Sánchez Arias, ha fallecido, y como efecto legal, la muerte del imputado extingue la acción penal.
El numeral primero del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal señala:
“Son causas de extinción de la acción penal:
1. La muerte del imputado…”

En el presente caso se ha verificado el supuesto de hecho antes señalado, ya que en fecha treinta de junio de dos mil diez (30.06.2010), ocurrió la muerte de Douglas Albert Sánchez Arias, tal y como lo señala el acta de defunción anteriormente descrita. Por su parte, la extinción de la acción penal da origen al sobreseimiento de la causa, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva:
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 318 numeral 3, 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el sobreseimiento de la causa, a favor de quien en vida recibía el nombre de Douglas Albert Sánchez Arias, anteriormente identificado.
Notifíquese al Ministerio Público, a la defensora pública y a la víctima sobre el contenido de la presente decisión. Certifíquese por secretaría copia de esta resolución. Cúmplase.

La Juez de Juicio N° 05

Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa



La Secretaria

Abg. Yanira Lobo


En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, y se libró boletas de notificación Nros _____________________________________________________________


Sria