REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 6 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-S-1999-000002
ASUNTO : LL01-S-1999-000002


AUTO DE EXTINCIÓN DE PENA.

Por cuanto se recibió en este Tribunal, oficio suscrito por el ciudadano Jesús Audílio Alarcón Ramírez, Prefecto de la Prefectura del Poder Popular Parroquia Andrés Eloy Blanco del Estado Mérida, por medio del cual informa a este Despacho que la penada MARGARITA ARAQUE RAMIREZ, cédula de Identidad N° 15.754.788, quién se encontraba procesado por ante este Tribunal por el delito de Robo Agravado, cumplió con todas las presentaciones impuestas al momento de otorgarle el Confinamiento, por ante la prefectura a su cargo, y culminó el régimen de presentaciones que le fue impuesto por el tribunal, en fecha 25-12-2006, anexó copias del libro de presentaciones llevado por esa prefectura. Este Tribunal en Funciones de Ejecución N° 2, del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 105 del Código Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA que le faltaba por cumplir a la penada MARGARITA ARAQUE RAMIREZ, antes identificada, Notifíquese a las partes. Una vez firme la presente decisión remítase la causa al archivo judicial para su guarda y custodia. CUMPLASE.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 2,

ABG. ALIDA MORELLA TORCATTI BERROTERÁN
LA SECRETARIA.

ABG. LAURA CRISTINA NARVÁEZ RIERA.
• En fecha se cumplió con lo ordenado con Boletas N°