REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 19 de mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-001221
ASUNTO : LP11-P-2011-001221
Visto el escrito formulado por las Abg. NELSON GRANADOS y EGLE TORRES, en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público y Auxiliar Fiscal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, recibido por este Tribunal en fecha 18 de Mayo de 2011, donde solicita se decrete el Sobreseimiento en la presente causa de conformidad con el articulo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Este juzgador pasa a considerar lo siguiente:
I
DE LOS HECHOS
Se da inicio a la Investigación en fecha 27 de abril de 2011, en virtud de Acta de Investigación Penal suscrita en la misma fecha por los funcionarios HECTOR VIVAS Y DAIR VILLALOBOS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Subdelegación el Vigía, en la cual solicitan una orden de allanamiento a fin de incautar sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en el Barrio la Victoria, Vereda uno con Calle Principal el Vigía estado Mérida, vivienda con paredes frisadas y revestidas en color lila, puertas y ventanas metálicas revestidas en color negro, tiene una reja metálica al frente tipo pecho de paloma revestida en color negro, en la cual reside la ciudadana BETZAIDA OLIVERO, dejando constancia entre otras cosas que en la sede de ese despacho se hizo presente un ciudadano que no quiso identificarse por temor a futuras represalias, manifestando que en el barrio la victoria de esta localidad, una ciudadana de aproximadamente 25 años de edad, de piel blanca, contextura delgada, cabello color castaño, a quien conocen en la zona como “LA INDIA” quien reside en la referida dirección, se dedica a la venta y distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por lo que se trasladaron a la dirección en cuestión en donde moradores del lugar manifestaron que la ciudadana apodada “la india” responde al nombre de BETZAIDA OLIVERO, la cual se dedica a vender sustancias ilícitas, señalándoles la vivienda en cuestión, observando el trabajo de inteligencia que la mencionada casa llegan personas en vehículos tipo moto ya pie, siendo atendidos por una ciudadana con características similares a las aportadas por el informante, quien luego de entablar una breve conversación con las personas, entraba a la casa y salía minutos después, haciendo entrega de una bolsa de regular tamaño, presumiendo sean sustancias psicotrópicas.
III
RAZONES DE DERECHO
1.- Acta de Investigación Penal suscrita en fecha 27 de abril de 2011, por los funcionarios HECTOR VIVAS Y DAIR VILLALOBOS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Subdelegación el Vigía.
2.- Orden de Allanamiento, expedida en fecha 27 de abril de 2011 por el tribunal de primera instancia en funciones de control Nº 01 Extensión el Vigía, en el asunto principal Nº LP11-P-2011-001032.
3.- acta de allanamiento, de fecha 28 de abril de 2011, suscrita por los funcionarios DIXON MEDINA, JOSE VIVAS, MIGUEL RAMIREZ Y LUIS NIÑO, ADSCRITOS AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS SUBDELEGACION EL VIGIA.
Del análisis de los hechos, se observa que estamos en presencia de uno de los delitos contra el estado venezolano, específicamente del delito ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 149 de la ley Orgánica de Drogas, estima este Juzgador una vez analizados los elementos de convicción recabados en la presente causa, se observo que el hecho que motivo la apertura del proceso no fue comprobado durante la etapa de investigación.
Por tales motivos considera quien aquí juzga que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR de la ciudadana BETZAIDA OLIVERO apodada “LA INDIA”, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes, si no es posible la notificación del investigado y la víctima notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitir la misma al Archivo Judicial. Y así se decide.
ABG. ELEAZAR LEON MORIN AGUILERA
JUEZ (T) TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
ABG. DULCE M. MANRIQUE PORRAS
SECRETARIA
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