REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
CONTROL N°- 06.
El Vigía, 26 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-001309
ASUNTO : LP11-P-2011-001309

Visto el escrito formulado por los Abgs NELSON GRANADOS Y MARISOL MARGARITA MARTINEZ, en su condición de Fiscales Principal y Auxiliar Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 24-05-2011, donde solicita se decrete el Sobreseimiento en la presente causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por el hecho punible consistente supuestamente en Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en los artículos 416 del Código Penal, vigente para la época de comisión del delito, lo cual se desprende de las siguientes actuaciones---------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Riela al folio 03 Denuncia hecha por la ciudadana DORIS MILDRE MÁRQUEZ ZAMBRANO, donde procede a denunciar al ciudadano JOSE BERNARDO VIVAS MOLINA, porque el día 29-10-06, como a la 10:00 horas de la noche, cuando se encontraba en su casa le pegó dos golpes en la cara. Al folio 04 aparece constancia Médica donde se deja constancia que la víctima presentó dolor en la clavícula izquierda---
SEGUNDO: De lo anteriormente se desprende que en la presente causa supuestamente se cometió el delito de Lesiones Leves. Ahora bien si observamos que en la presente causa no existe un Informe Médico Forense, no existe la posibilidad de determinar el tipo de lesiones producidas, en consecuencia se considera que el delito no se cometió y por lo tanto no se el puede atribuir al imputado.---------------------------------------------------------------------
TRECERO: Por tales motivos considera quien aquí juzga que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por los ciudadanos Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°- 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR DE PERSONAS DESCONOCIDAS , por el supuesto delito de Lesiones Leves, tipificado en el artículo 416 del Código Penal cometido en contra de la Ciudadana DORIS MILDRE MÁRQUEZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N°-12.219.085, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público, a la víctima, si no es posible su notificación personal, notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitirla al Archivo Judicial para su guarda y custodia. PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA para el archivo de este Tribunal. Cúmplase ------------------
EL JUEZ DE CONTROL Nº 06
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO
LASECRETARIA
ABG, EDITH GARCIA

En fecha ___________ se cumplió con lo ordenado, librándose boletas de notificación
Nros. ________________________________________________________________
Cosnte/ Sria.