REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad.

Corre inserto al folio 139 escrito de fecha 22 de febrero de 2011, presentado por el ciudadano Carlos Enrique Gil Soto, asistido por el abogado Luís Emiro Zerpa Molina, en el que expone, que la tutor interina ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS, esta delicada de salud, y que no puede trasladarse a la ciudad de Mérida hacer efectivo el cobro de la pensión de sobreviviente del ciudadano Jesuardo Eli Gil Soto, por lo cual solicita se le designe como tutor interino en el presente caso.

En fecha 11 de Marzo de 2011, por auto de este Tribunal se ordenó la notificación de la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS, en su condición de tutor interina, para que alegara lo concerniente a la petición formulada por su hermano Carlos Enrique Gil Soto, en cuanto a su nombramiento como tutor.

En fecha 14 de marzo de 2011, la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS, fue debidamente notificada, por el Alguacil del Tribunal; en la misma fecha la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.708.287, casada, domiciliada en la ciudad de Tovar del Estado Mérida y hábil, en su condición de Tutora Interina del ciudadano JESUARDO ELI GIL SOTO, identificado en autos; asistida por el abogado en ejercicio ANDRES ARIAS REY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.297.996, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21900, del mismo domicilio, expone que por encontrarse en mal estado de salud que le impiden realizar a cabalidad su trabajo como tutora, para lo cual fue designada según sentencia de fecha 07 de noviembre de 2002, es por lo que renuncia al mencionado cargo, proponiendo para que ocupe y ejerza tal cargo su hermano CARLOS ENRIQUE GIL SOTO, quien es la persona que siempre ha estado a su lado y le ayuda en todos los asuntos necesarios con JESUARDO ELI GIL SOTO; solicita que una vez designado y juramentado el nuevo tutor se le expida copia certificada de dicho nombramiento.


En fecha 17 de marzo de 2011, este Tribunal ordeno la notificación de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE, JESUS HUMBERTO, RAMON ALBERTO, ANGEL LUCIDIO, ANA CECILIA, DENNIS OSWALDO, ELIDE A., GLADIS JOSEFINA, OLGA AUXILIADORA, GUSTAVO ALONSO, MIRELLA DEL CARMEN, CECILIA DEL COROMOTO, ALFONSO EMIRO e IRAMA ELENA GIL SOTO, identificados en autos, a fin de que expusieran lo que consideraran conveniente en relación a la renuncia de la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS como tutora del entredicho y en cuanto al pedimento con respecto al nombramiento del nuevo tutor.

En fechas 31 de marzo y 08 de abril de 2011, los ciudadanos ANA CECILIA, GLADIS JOSEFINA, ANGEL LUCIDIO, JESUS HUMBERTO, RAMON ALBERTO, ALFONSO EMIRO, DENNIS OSWALDO, OLGA AUXILIADORA y ELIDE A., GIL SOTO expusieron que vista la renuncia formulada por la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS, están de acuerdo que se designe como nuevo tutor al ciudadano Carlos Enrique Gil Soto.

En fecha 27 de abril de 2011, el ciudadano Carlos Enrique Gil Soto, asistido del abogado Andrés Arias Rey, identificados en autos, consignaron a este Despacho, constancias medicas de los ciudadanos MIRELLA GIL SOTO, GUSTAVO ALONSO GIL SOTO e IRAIMA ELENA GIL SOTO, expedidas por el medico Dr. Néstor José Chávez Infante, las cuales rielan a los folios 201 al 203.

Este Tribunal luego de analizar, tanto la solicitud formulada por el ciudadano Carlos Enrique Gil Soto y la renuncia hecha por la Tutor Interina ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS y las declaraciones de los ciudadanos ANA CECILIA, GLADIS JOSEFINA, ANGEL LUCIDIO, JESUS HUMBERTO, RAMON ALBERTO, ALFONSO EMIRO, DENNIS OSWALDO, OLGA AUXILIADORA y ELIDE A., GIL SOTO, y por cuanto este Juzgado encuentra evidentemente la situación de incapacidad del ciudadano: JESUARDO ELI GIL SOTO, ya identificado, para ejercer por si mismo sus derechos civiles y en vista de la renuncia de su tutor interina, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sustituye a la ciudadana ANA ILDA GIL DE ROJAS del cargo de tutor Interino de su hermano ciudadano: JESUARDO ELI GIL SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.072.512, y le DESIGNA como Tutor Interino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 396 del Código Civil, al ciudadano: CARLOS ENRIQUE GIL SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.075.050, domiciliado en jurisdicción del Municipio Tovar del Estado Mérida, hermano del entredicho.- Se ordena seguir el juicio de interdicción y en consecuencia, se declara abierto a pruebas a partir del día siguiente a aquel en que conste en autos el cumplimiento de las formalidades establecidas en los Artículos 413 y 415 del Código Civil, a cuyo efecto se acuerda expedir por la Secretaría de este Tribunal copia certificada mecanografiada y copia certificada fotostática del presente Decreto a los fines de su Protocolización y publicación.

PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, a los cuatro (04) días del mes de mayo de dos mil once (2011). AÑOS: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-


La Jueza,


Abg. Carmen Yaquelin Quintero Carrero.


La Secretaria,

Abg. Sandra L. Contreras.

En la misma fecha se cumplió con el auto que antecede.

La Secretaria,

Abg. Sandra L. Contreras.


CYQC/SLC/mvo.