REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, nueve de mayo de dos mil once.-

201° y 152°

Vista la diligencia de fecha 04 de mayo de 2011 que riela al folio 74 del presente expediente, suscrita por el ciudadano JOSÉ JOAQUIN CONTRERAS GARCÍA, en su condición de Director Ejecutivo y Presidente encargado de la Fundación Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Tecnologías Libres (CENDITEL), parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio DANIEL ACACIO QUINTERO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.788 y jurídicamente hábil, mediante la cual solicita de conformidad con la Cláusula Décimo Cuarta del Acta Constitutiva Estatuaria de la Fundación Cenditel, en nombre de su representada, la homologación del convenimiento, suscrito entre la Fundación Cenditel e Ingeniería Pulsar C.A., de fecha 14 de abril de 2011, realizada ante la Notaría Publica Primera del Municipio Sucre del Estado Miranda que obra a los folios del 75 al 78 del presente expediente, en virtud que ambas partes se extendieron el más amplio y absoluto finiquito, no quedando nada a deberse ni con motivo del contrato de suministros de equipos de computación, ni por ningún otro concepto y asimismo solicitó el archivo del presente expediente. En tal sentido este Jurisdicente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 14 de abril de 2011, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y por haberlo solicitado la parte actora de manera expresa en la citada diligencia se ordenará el archivo del presente expediente una vez que quede firme la presente decisión. Y ASÍ SE DECIDE.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.


LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO.



ACZ/SQQ/lvpr.-