JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diez y ocho de mayo de dos mil once.-
200° y 152°



EXPEDIENTE Nro 8003.-
DEMANDANTE: FELTRI DELGADO ROMANO PESCI.
DEMANDADO: PROMOTORA AGUA SERENA C.A. E INVERSORA UNIPLAN C.A.
MOTIVO: NULIDAD DE CONTRATO DE PROMESA DE COMPRA VENTA Y RESTITUCION DE DINERO.

Vista la diligencia de fecha diez y seis de los corrientes , que obra al folio cuarenta y dos del presente expediente, suscrita por el Abogado LUIS ALFONSO CHOURIO GARCIA SU CONDICIÓN DE Apoderado De la parte Actora, en el presente juicio, en la cual desiste del procedimiento, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho Desistimiento, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, da por terminado el juicio y ordena el archivo del presente expediente.

LA JUEZA,




ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.



LA SECRETARIA


ABG. SUSANA PARRA. -
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA