En el día de hoy martes tres de mayo de dos mil once (3-05-2011) , siendo las 9 y 45 A.M. se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Titular, Abogado EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA, y el Secretario Temporal del Despacho, Abogado FRANCESCO AZAEL RANDAZZO CAMACHO en un inmueble ubicado en el sector el Palmo Calle Industria diagonal a la Iglesia Matriz de Ejido, nro 22, al lado del supermercado Campo Elìas Ciudad de Ejido Estado Mèrida, a los fines de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha diciesiete de marzo de 2011 (17-05-2011), Demandante: Abogado MONTES SILGUERO JOSÈ ALFREDO, Apoderado Judicial del Ciudadano ULALIO MENDOZA PEREIRA Demandado: FURGO EJIDO C.A Motivo: ENTREGA DE BIENES MUEBLE, Expediente Nro.2.775. Se encuentra presente en este acto, el Abogado en ejercicio MONTES SILGUERO JOSÈ ALFREDO, con cédula de identidad Nro. 5.508.108, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.76.062, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora. Acompañan al Tribunal, los Funcionarios Policiales: Agente (pm) 544 ACEVEDO JESUS y la agente (pm) 1269 RODRIGUEZ MARÌA , con cédulas de Identidad Nros. 19.145.411 y 19.486.667, respectivamente Adscritos a la Sub Comisaría Policial Nro. 04, Ejido. Asì mismo se encuentra presente la pasante de la facultad de ciencia jurìdicas y politicas de la universidad de los Andes MARIA DE LA CRUZ CAMACHO ARAQUE con cedula de identidad Nro 8.029.716. Seguidamente el Tribunal procede a dar los toques de Ley siendo atendido por el Ciudadano CARLOS ANTONIO MORA RIVERO, con cédula de identidad Nro. 8.033.507, quien es el Director Gerente de la Empresa Furgo Ejido C.A Seguidamente EL Tribunal le impusò el motivo de su constituciòn dandole lectura al mandamiento de ejecuciòn del Tribunal Comitente, haciendole saber el derecho a la defensa de asistirse por medio de un Abogado de su confianza o como el lo determine. Seguidamente el ciudadadano CARLOS ANTONIO MORA RIVERO ya identificado en autos, expuso: solicito a la parte demandante me otorgue un plazo hasta el dìa viernes seis de mayo del presente año a los fines de entregar lo ordenado por el Tribunal. Seguidamente solicitò el derecho de palabra la parte demandante y concedido como le fuè expuso: estoy de acuerdo en otorgarle el plazo solicitado y la suspensiòn de la Pràctica de la Medida del dia de hoy. Es todo. El Tribunal oida las exposiciones no emite pronunciamiento al respecto y vista la solicitud de la parte demandante suspende la practica de la medida y ordena el regreso del Tribunal a su Sede natural. También el Tribunal deja constancia, que el presente traslado no generó pago alguno, en acatamiento del Artículo 254 de la Constitución. El Secretario procedió a dar lectura al Acta y no habiendo observaciones a la misma, se da por concluido, siendo las 10 y 38 A.M. conformes firman.
EL JUEZ. ABG. EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA.
EL DEMANDADO:
FURGO EJIDO C.A
APODERADO DE LA PARTE EJECUTANTE:
Abogado MONTES SILGUERO JOSÈ ALFREDO, Apoderado Judicial del Ciudadano ULALIO MENDOZA PEREIRA
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES:
Agente (pm) 544 ACEVEDO JESUS
Agente (pm) 1269 RODRIGUEZ MARÌA
PASANTE DE FACIJUP
MARÌA DE LA CRUZ CAMACHO ARAQUE .
EL SECRETARIO.
ABG. FRANCESCO AZAEL RANDAZZO CAMACHO.
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