REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de noviembre de dos mil once.

201º y 152º

Recibida por distribución la anterior demanda de INTERDICTO DE OBRA NUEVA, interpuesta por los abogados en ejercicio ELISEO MORENO MONSALVE y BEATRIZ SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-2.454.015 y V-8.095.740, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.333 y 36.578, en su orden y jurídicamente hábiles, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Empresa J & M COMUNICACIONES C.A., compañía anónima inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 28 de enero de 2.004, bajo el Nº 27, Tomo A-2, modificados sus estatutos en asamblea extraordinaria celebrada en fecha 15 de abril de 2.010, inserta en el Registro Mercantil Primero de Mérida, bajo el Nºº 2, Tomo 52-A, según consta del instrumento poder que les fuera conferido por su Director General y representante legal, ciudadano JESÚS ANTONIO DE LA TRINIDAD GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión Ingeniero, titular de la cédula de identidad número V-4.491.595, domiciliado en esta ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, contra los ciudadanos ADELMO MÉNDEZ, CRISTINA MASSINI FILIPPI y RICARDO JOSÉ CORREDOR MULLER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.236.423, V-3.766.030 y V-3.033.528, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles. Désele entrada a la presente demanda, fórmese expediente, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes y el Tribunal por auto separado resolverá lo conducente.
EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 10.372. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/dsf.