REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, veinticinco de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: LP31-L-2011-000145
PARTE ACTORA: SAMUEL ANTONIO PERNIA PEREZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ERIKA MARIANA JIMENEZ CONTRERAS.
PARTE DEMANDADA: HOTEL IBERIA TASCA Y RESTAURAN C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA
Vista la diligencia de fecha 19 de octubre de 2011, que obra al folio 18, del presente expediente, suscrita por el Ciudadano: Samuel Antonio Pernia Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 9.201.468, en su condición de parte actora, asistido por el abogado: Juirman Primera Guerra, inscrito en el inpreabogado abajo el N°28.270, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en tal sentido, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Sede Alterna El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de COSA JUZGADA, en consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente, una vez cumplido el lapso para la declaratoria de firmeza de la presente sentencia.
Publíquese, regístrese, certifíquese, dejando para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión de conformidad con el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en consonancia con el articulo 112 ejusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE ALTERNA EL VIGÍA.
La Juez,
Abg. Reina Rondón Graterol
La Secretaria,
Abg. Ivett Aristimuño.
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