REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
CONTROL N°- 06.
El Vigía, 27 de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-003454
ASUNTO : LP11-P-2011-003454
AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO Y NEGANDO ORDEN DE APREHENSION
Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual la ABG. SOELY BENCOMO BECERRA, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público, solicita En Primer Lugar Orden de Aprehensión en contra del Ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUÁREZ y En Segundo Lugar Orden de Allanamiento, este Tribunal para decidir sobre lo solicitado, hace los siguientes pronunciamiento: -----------------------------------------------------------
En Primer Lugar, en relación a la Orden de Aprehensión en contra del Ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUAREZ, se observa que ciertamente el Ciudadano LUIS ENRIQUE VILLASMIL SALAZAR, manifiesta en su declaración que la persona que lo apunto con un arma de fuego el día 05-10-2011, como a las 11:00 horas de la mañana, en el sector La Inmaculada, frente a la Funeraria La Patrona, ubicada en la esquina de la calle 08 vía pública Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, fue el ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUÁREZ, apodado “El Kim”, no es menos cierto que de la revisión hecha a la causa, no existen otras pruebas, que involucren al ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUÁREZ en la comisión del delito imputado, porque para se prive a una persona de su libertad deben cumplirse varios requisitos, los cuáles están establecido en el artículo 250 del Código orgánico Procesal Penal, el cual establece lo siguiente:….2)- “Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión de un hecho punible”.--------------------------------------------------------------------------
En consecuencia y visto que únicamente aparece hasta los momentos como prueba la declaración de la víctima, considera quien aquí juzga que no puede decretarse orden de Aprehensión en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUÁREZ, ya que no existe un cúmulo de pruebas que hagan presumir que él es el autor o participe del delito imputado, porque esto conllevaría a que al finar del proceso si no hay pruebas suficientes tenga que absorberse al investigado, aunado a esto existe el principio procesal, referente a ser juzgado en libertad, en consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara sin lugar la Orden de Aprehensión solicitada por la Fiscal del Ministerio Público, en contra del Ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ SUÁREZ. Sin embargo, como la Fiscalía solicitó igualmente orden de Allanamiento en el presente escrito, a practicarse en la residencia del investigado, una vez realizada la misma y si se localizan nuevos elementos que vinculen al ciudadano CARLOS ALBERTO SUÁREZ, en la comisión del delito imputado, podrá presentarlo en flagrancia e imputarle esté y los demás delitos correspondientes.--------
En Segundo Lugar, referente a la Orden de Allanamiento a realizarse en la siguiente dirección: “ BARRIO EL CARMEN, CALLE 1, CASA SIN NUMERO, LA MISMA ESTA CONFORMADA POR UN NIVEL, CON FACHADA DE PAREDES DE BLOQUE REVESTIDA CON PINTURA DE COLOR BLANCO, REJAS DE PROTECCIÓN DE COLOR NEGRO, PARROQUIA ROMULO BETANCOURT, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI, EL VIGÍA ESTADO MÉRIDA”, habitada en calidad de propietario o inquilino por un ciudadano de nombre “CARLOS ALBERTO SUÁREZ ”, apodado el KIM, el fin de esta orden de allanamiento es ubicar e incautar ARMAS DE FUEGO DE DIFERENTES MARCAS Y CALIBRES, ASI COMO MUNICIONES Y PROYECTILES; que guardan relación con la averiguación penal 14-F6-1072-11, allanamiento éste que será practicado por una comisión de Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación El Vigía Estado Mérida, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los Siete (07) Días, contados a partir de la presente fecha (27-10-2011). Una vez firma la presente decisión, remítase la solicitud a la Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase. -----------------------------------------------
El JUEZ DE CONTROL N° 06
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO
LA SECRETARIA
ABG, JENNYS DEL MAR DUQUE.
En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexa a oficio N° _____/11y se libro boleta de notificación a la Fiscalía del Ministerio Público N° _____/11_________________
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