REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintiséis (26) de septiembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ACTA DE DESISTIMIENTO
ASUNTO N° LP21-L-2011-000354
ARTE ACTORA: ALEXANDER SUAREZ ROJAS, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 15.032.045.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil DICONSER C.A., en la persona del ciudadano ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 15.032.045.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintiséis (26) de septiembre de 2011, siendo las 9:00 a.m., y siendo la oportunidad para que se realizara la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno legalmente constituido, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena agregar al expediente las pruebas promovidas por las parte en la Audiencia Preliminar inicial. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Egli Maire Dugarte.