REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, diecinueve (19) de Septiembre de dos mil once.
201º y 152º
ASUNTO: 00863
Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia de fecha diez (10) de Agosto del año dos mil once, inserta al folio 49, mediante la cual el Abogado WILLIAN MARQUINA SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.686, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana TERESA ROJAS SAVEEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.048.167, domiciliada en Mérida, Estado Mérida, consigna copia certificada de documento de compra venta, registrado por ante el Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida, quedando inscrito bajo el Nº 30, folio 209, Tomo 34, Protocolo de Trascripción del año 2011, dando así cumplimiento al Convenimiento Homologado en fecha 14 de Febrero de 2011; así mismo, solicita el cierre del presente expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON SEDE EN MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº 00863, SOLICITANTE: TERESA ROJAS SAVEEDRA. MOTIVO: PARTICIÓN DE LOS BIENES COMUNES. FECHA DE ENTRADA: DIA: 22, MES: OCTUBRE, AÑO: 2.010 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe.
La Secretaria
Abg. Yelimar Vielma Márquez.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
La Sria.
ASIM/00863.-
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