REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, treinta de septiembre del dos mil once.

201º y 152º


Visto el desistimiento de fecha 26 de septiembre del dos mil once (folio 292), hecho por el abogado JONATHAN ADOLFO ARDILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 82.846, actuando en su propio nombre y representación. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte demandante, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide. AÑO 200° DE LA INDEPENDENCIA Y 152° DE LA FEDERACIÓN

EL JUEZ ABG. JUAN CARLOS GUEVARA.

LA SECRETARIA ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.