REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintitrés de septiembre de dos mil once.

201° y 152°

Como quiera que el expediente principal se encuentra totalmente terminado y ordenado el archivo del mismo, es por lo que este Tribunal pasa a providenciar de la siguiente manera:

PRIMERO: Acuerda suspender la medida de embargo preventivo, decretada por este Tribunal en fecha 04 de julio de 2001 (folio 691 del presente cuaderno) y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según acta de fecha 12 de julio de 2001 (folios 698 al 724), dicha medida recae, sobre varios bienes muebles que se encuentran especificados en el acta levantada por el mencionado Juzgado Ejecutor.

SEGUNDO: Acuerda oficiar al representante Legal de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A, a los fines de participarle de la suspensión de la medida de embargo ut supra señalada, asimismo se le remite anexo copia certificada del acta levantada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que obra del folio 698 al 724 del presente cuaderno de medida, donde aparecen especificados los bienes muebles embargados. Certifíquese por auto separado las copias de dicha acta. Ofíciese.

TERCERO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se ordena el archivo del presente cuaderno.-
EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se oficio al Representante legal de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A, bajo el N° 602-2011. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-