REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintisiete de septiembre de dos mil once.
201° y 152°
Estando dentro del lapso legal en el presente juicio, agréguese a los autos de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil el escrito mediante el cual la parte ACTORA promueve pruebas dentro del lapso legal de conformidad con el artículo 396 eiusdem, ante la secretaria de este Juzgado. En tal sentido, agréguese a los autos el escrito de pruebas presentado por el abogado en ejercicio JOSUÉ JONATAN SUÁREZ PAREDES, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano MARCELINO RAMÓN ORTEGA MATOS, en fecha 09 de agosto de 2011, constante de un (01) folio y un (01) anexo. Cúmplase. Igualmente, este Tribunal deja constancia expresa, que no se agregan pruebas de la parte demandada, por cuanto la misma no promovió prueba alguna.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se agregó al presente expediente el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte ACTORA, constante de un (01) folio y un (01) anexo. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.
Exp. 10.180.-