REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, martes tres (03) de abril de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ACTA DE DESISTIMIENTO
ASUNTO N° LP21-L-2011-000538
PARTE ACTORA: JOSÉ MISAEL PUENTES MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.098.806.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, MARIA VIRGINIA PERNIA RAMÍREZ, ANA ALICIA LEAL MORENO, NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, LUIS EMIRO ZAMBRANO, HENRY DOMINGO RODRIGUEZ, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY RAMIREZ CARRERO, LUIS CAMINOS y MARIA ISABEL BATISTA AREVALO.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “SHOP 1811, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nro. 06, Tomo 25-A, de fecha 14 de febrero de 2011, en la persona de la ciudadana LUZ MARIA ROJAS PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.202.033, en su condición de Presidente de la prenombrada Sociedad Mercantil.
ABOGADO ASISTENTE DE LA DEMANDADA: JOSE ANTONIO VEGA CONTRERAS.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, tres (03) de abril de 2012, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadano JOSÉ MISAEL PUENTES MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.098.806, y su apoderada judicial la abogada NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 91.089, también compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su Presidente y su Vice-Presidente ciudadanos LUZ MARIA ROJAS PEREZ y JOSE ANTONIO VEGA CONTRERAS, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, abogados titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 5.202.033 y V.- 8.025.175 respectivamente e inscritos en el IPSA bajo los Nros. 72.214 y 72.280 en su orden, actuando en su propio nombre y representación como accionistas y representantes estatutarios de la demandada y como abogados, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, la parte demandante expuso que desiste en este acto del procedimiento en razón de no haber sido el demandado de autos su patrono. La parte demandada, supra identificada, expuso que conviene en el presente desistimiento y renuncia en nombre de sus representadas a cualquier acción en contra del accionante por la reclamación acá desistida. Este Tribunal en vista de lo expuesto por las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y da por concluido el presente proceso. Se ordena el archivo del expediente. Así mismo, las partes solicitan la entrega de las pruebas por ellos promovidas, lo cual es acordado por este Tribunal, y se hace entrega en este acto de las mismas, estando ambas partes conformes.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Norelis Carrillo.
Los Presentes,


JOSÉ MISAEL PUENTES MARQUEZ NANCY JOSEFINA CALDERON T.


LUZ MARIA ROJAS PEREZ JOSE ANTONIO VEGA CONTRERAS