REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, 12 de Abril de 2012
201º y 153º

Expediente Nro. 03659
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: NELLY TIBISAY RAMIREZ PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.447.194, asistida por los abogados HAYDE DAVILA BALZA y JHONY FLORES MONSALVE.
DEMANDADO: JEANCARLOS NIÑO CALDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.353.191, asistido por el Abogado en ejercicio LEONEL ALTUVE.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, jueves 12 de abril de 2012, oportunidad fijada para celebrar la prolongación de la audiencia preliminar en fase de sustanciacion en el presente asunto, presente los ciudadanos NELLY TIBISAY RAMIREZ PERNIA y JEANCARLOS NIÑO CALDAS, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS, a favor de su hijo el ciudadano niño JEAN MARCO NIÑO RAMIREZ, de 06 años de edad, en los siguientes términos: El padre fija la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales los cuales depositara los primeros 05 días de cada mes, así como la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) como bonos especiales para los meses de agosto y diciembre de cada año, dichas cantidades serán incrementadas en un 30% una vez se incremente el salario del padre obligado y serán depositadas en la cuenta de ahorros del Banco Mercantil Nro. 01050184960184015960 a nombre de la madre. Los gastos extras por medicinas y tratamientos médicos y otros gastos serán cubiertos en un 50% por cada uno de los padres. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 03659.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes ciudadanos NELLY TIBISAY RAMIREZ PERNIA y JEANCARLOS NIÑO CALDAS, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE

La Jueza

Abg. GLADYS YOLANDA JASPE

La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.