REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 13 de Abril de 2012
201º y 153º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta levantada a la ciudadana FELIPCAR MAYORI MONSALVE MONSALVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº C-12.349.291, en compañía de los adolescentes OMITIR NOMBRE y OMITIR NOMBRE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-22.986.710 y 24.196.501, domiciliados en la ciudad de Mérida, y visto igualmente lo expuesto por la prenombrada ciudadana el Tribunal acordó cancelar en su totalidad la cuenta de Ahorro Nº 0175-0040-60-0060528269 y por cuanto este Tribunal no le adeuda ningún dinero ni por este ni por ningún otro concepto; en consecuencia, este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 0082. SOLICITANTE: MONSALVE MONSALVE FELIPCAR MAYORI. ADOLESCENTES: OMITIR NOMBRE y OMITIR NOMBRE, MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS. PROCEDENCIA: PARTICULAR. Fecha de Entrada: 04-10-2010. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------
LA JUEZA
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA
Abog. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Fm/0082
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