REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 18 de abril de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 04292
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO VILLAVICENCIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.710.149, asistido por el abogado en ejercicio JAVIER SPACCA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 74.448.
DEMANDADO: GISELA CASTILLA NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.214.162, asistida por el abogado en ejercicio JESUS ANGULO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 48.051.
MOTIVO: FIJACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, miércoles 18 de abril de 2012, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar en fase de mediación en el presente asunto, presente los ciudadanos CARLOS ALBERTO VILLAVICENCIO MORENO y GISELA CASTILLA NAVARRO, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de su hijo el ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de 08 meses de edad, en los siguientes términos: El padre previa llamada telefónica buscara al niño en el domicilio de la madre los días miércoles a las 02 de la tarde para llevarlo a la terapia y lo retornara a las 7 de la noche siempre y cuando no surja ningún inconveniente, mientras dure la terapia, igualmente acuerda que el padre compartirá un día completo sábado o domingo de cada fin de semana de manera alterna con su hijo. Estableciendo los periodos vacacionales tales como Carnaval, Semana Santa igualmente de manera alterna, día de la madre y día del padre con cada uno de ellos, las vacaciones de navidad y escolares serán en un 50% alterna previo acuerdo entre ellos mismos. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 04292.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes ciudadanos CARLOS ALBERTO VILLAVICENCIO MORENO y GISELA CASTILLA NAVARRO, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
La Jueza
Abg. GLADYS YOLANDA JASPE
La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.