REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 26 de Abril de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 03747
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARIA EDUVIGIS RODRIGUEZ DUGARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.991.237,
DEMANDADA: MARIA ALEJANDRA QUINTERO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.622.700.
MOTIVO: FIJACION OBLIGACION DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, jueves 26/04/2012, presente las ciudadanas MARIA EDUVIGIS RODRIGUEZ DUGARTE y MARIA ALEJANDRA QUINTERO RODRIGUEZ, quienes manifestaron estar de mutuo acuerdo con el régimen de convivencia que se lleva actualmente en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, siendo el siguiente: Que se mantenga como están haciendo actualmente que los niños continúen pasando todas las tardes bajo los cuidados de la abuela materna MARIA EDUVIGIS RODRIGUEZ DUGARTE, y que igualmente algunos días de los fines de semana sigan compartiendo con ella. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 03747. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado. Acuerda el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
La Jueza
Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
EL SECRETARIO
Abg. JOSE GREGORIO MOLINA MOLINA.
Zulay