REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, 11 de abril de 2012.
201° y 152°
EXP. Nº 7224.
SOLICITANTE: MARIO EDUARDO TRIVELLA LANDAEZ, JULIO ARMANDO ESTRADA NEBREDA Y ROBERTO ANDRES MATA ROSALES.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA.
Por cuanto el Tribunal observa que el ciudadano JORGE PEÑA RONDON, se dio por citado tal y como consta en la presente actuación y por cuanto la parte solicitante insiste en que se declare reconocido el documento privado que obra a los autos, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 444 y 899 del Código de Procedimiento Civil, declara RECONOCIDO, el instrumento privado de fecha 26 de noviembre de 2011, el cual obra en la presente solicitud, en el folio 06 y su vto., que se encuentra agregada a los autos, quedando a salvo las acciones y excepciones que le correspondan, de conformidad con el articulo 1367 del CODIGO CIVIL.
LA JUEZA TITULAR,
ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
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