En el día de hoy Martes veinticuatro de Abril de dos mil doce (24-04-2012), siendo las 9 y 00 A.M. se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Titular, Abogado EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA, y la Secretaria Temporal del Despacho, Abogada MARY CRUZ BELO GUILLEN, en la Sede natural, ubicada en la Avenida Centenario, centro Comercial Centenario, Local Nro. 41, Ejido, Estado Mérida. Se encuentra presente la Abogada en ejercicio AURA ALICIA MEJIAS, titular de Cédula de Identidad Nro. 8.037.823, e Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.57.436, parte demandante. También se encuentran presentes los Servidores públicos Policiales, Oficiales RONDON LUISANA, Y RUIZ RIVAS JESUS ALONZO, con Cédulas de Identidad Nros. 20.832.472 y 19.145.920, respectivamente, Adscritos al Centro de Coordinación Policial Nro. 03, Ejido. Siendo las 9:50 A.M, se trasladaron los presentes, a la sede del Banco Bicentenario, ubicado en la Avenida Centenario del Municipio Campo Elías del Estado Mérida con la finalidad practicar la Medida de Embargo Preventivo, objeto de la Comisión conferida por el Juzgado de los Municipios campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha veintiséis de Marzo de dos mil doce (26-03-2012), Demandante: ABG. AURA ALICIA MEJIAS. Demandado: SORAIDA SARMIENTO ZAMBRANO, Motivo: EMBARGO PREVENTIVO, Expediente Nro. 3018. El Tribunal Notifica el motivo de su Constitución al Ciudadano Lic. JOSE ALEJANDRO CUEVAS, Titular de la cedula de Identidad Nro. 14.588.671, quien se desempeña como gerente encargado en la mencionada Institucion Bancaria. La Abogada ejecutante solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: Visto el traslado del tribunal al Banco Bicentenario, sede Ejido, para proceder a embargo provisional de la cuenta nro. 01340244212120210001, perteneciente a la Ciudadana SORAIDA SARMIENTO plenamente identificada en las actas. Es todo. Seguidamente el notificado expone: De acuerdo a petición del Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la


Circunscripción Judicial del Estado Mérida y tomando en consideración el numero de cuenta presentada en la respectiva comisión Nro. 12-2206 se pudo certificar en sistema que dicha cuenta no pertenece al Banco Bicentenario Banca Universal. Es todo. Nuevamente la abogada ejecutante toma el derecho de palabra y expone: Solicito que se suspenda la medida y posteriormente procederé en el tribunal correspondiente. Es todo. Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SUSPENDE la Ejecución de la presente Medida, y ordena el regreso a su Sede natural. El Tribunal deja constancia que el presente traslado no genera pago alguno en acatamiento del Articulo 254 de la Constitución. La Secretaria Temporal procedió a dar lectura al Acta y no habiendo observaciones a la misma, se da por concluido, siendo las 10:10 a.m. conformes firman.
EL JUEZ. ABG.
EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA.

LA DEMANDANTE:

ABOGADA AURA ALICIA MEJIAS

EL NOTIFICADO:

LIC. JOSE ALEJANDRO CUEVAS
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES

RONDON LUISANA, RUIZ RIVAS JESUS ALONZO
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. MARY CRUZ BELO GUILLEN.