REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, trece de agosto de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: LP31-L-2012-000045
PARTE ACTORA: MARIA ELENA GARCIA FLORES y NELLY SONIA NAVA RIOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAIZA BRICEÑO, REINA COROMOTO CHACÓN GÓMEZ Y ADRIANA OLIMAR ALTUVE MORA.
PARTE DEMANDADA: ALTA PELUQUERIA LUISANA C.A y JOSE ORESTERES VEGA VARELA.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NILDA MORA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.



SENTENCIA


En el día de hoy, lunes trece (13) de agosto del año 2012, siendo las 02:30 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar comparecieron a la misma la ciudadana: ANITA GUTIERREZ DE VEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-8.072.857, en su condición de vice-presidente de la empresa, y la apoderada de la demandada (ALTA PELUQUERIA LUISANA C.A y JOSE ORESTERES VEGA VARELA) abogado en ejercicio: NILDA MORA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nª 57.192. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, CERTIFIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Se deja constancia que se hace entrega a la parte demandada de sus escritos de pruebas y sus anexos.
LA JUEZ

Abg. REINA RONDON LA SECRETARIA.

Abg. IVETT ARSITIMUÑO.






PARTE DEMANDADA Y SU APODERADA.