REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 02 de agosto de 2012
202º y 153º
Expediente Nro. 05300
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ALVARO LUIS PARRA PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.129.915.
DEMANDADA: THAID YANIXA YEPEZ PLAZA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-17.523.413
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 02/08/2012, presentes los ciudadanos ALVARO LUIS PARRA PERNIA y THAID YANIXA YEPEZ PLAZA, llegaron al presente convenimiento relacionado con el régimen de convivencia familiar a favor de la niña OMITIR NOMBRE, de la siguiente manera: El padre buscará a la niña los días sábados a las 8:00 AM y la retornará al hogar de la madre a las 6:00 PM. El 24 de diciembre la niña lo pasará con su padre, quien la buscará el día 23 a las 8:00 AM y la retornará al hogar a las 6:00 PM del día 26 de diciembre. La pernocta de la niña con su padre comenzará a partir del mes de enero del año 2013, dada su condición por el diagnóstico de síndrome epiléptico idiopático que sufre. El padre se compromete a asistir a las actividades de programas por el centro de Desarrollo Infantil donde los padres y los niños reciben terapia y orientación para manejar las convulsiones. En cuanto a la obligación de manutención adeudadas desde el mes de abril de 2012 a julio de 2012 más la mitad del bono decembrina del año 2.011 asciende a la cantidad de 3.000 Bs. el padre se compromete a pagarla en 02 cuotas; de la siguiente manera el día 01 de septiembre la primera cuota por la cantidad de 1.500 Bs. Y la segunda cuota el 15 de octubre del presente año en curso. La deuda por las medicinas compradas hasta la fecha el padre se compromete a pagarlas en dos cuotas una el 25 de octubre por la cantidad de 568,85 Bs. y el 10 de noviembre por el resto, por la cantidad de 568,85 Bs. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ALVARO LUIS PARRA PERNIA y THAID YANIXA YEPEZ PLAZA y se ordena el cierre y el archivo del expediente. CUMPLASE. ----------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
DRH/wasc