REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, cuatro de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: LP21-L-2011-000584

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PARTE ACTORA: GUSTAVO ANTONIO VIELMA GELVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.237.405.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS ANTONIO PERNIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.000.855, inscrito en el IPSA bajo el N° 67.092.

PARTE DEMANDADA: GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA, representado por el ciudadano MARCOS DIAZ ORELLANA, en su condición de Gobernador del Estado Mérida.

APODERADA JUDICIAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO MÉRIDA: YERLIN EMILEIDY RAMIREZ LAMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.409.808, inscrita en el IPSA bajo el N° 119.838 (folios 25 y 26).

TERCERO LLAMADO A JUICIO: CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO MÉRIDA, (CORPOSALUD), Instituto adscrito a la Gobernación del Estado Mérida en la persona de la ciudadana Nellys Molina Contreras.

APODERADOS JUDICIALES DEL TERCERO LLAMADO A JUICIO: SUHAIL LETICIA ECHEVERRIA, CARIENE DEL VALLE SOTO PEÑA, LIBIA ELENA ODON LABRADOR, AURA MARITZA SOSA, SONIA CECILIA RONDON MORENO, DEISY DEL CARMEN CARRUYO MANZANO, SIMON ARGENIS RAMIREZ MARQUEZ, GREGORIA MAYIRA DAVILA RAMIREZ, CARMEN DEL VALLE RODRIGUEZ ROJAS, BLANCA ESTELA MOLINA DE BARRIOS y NEYLA COROMOTO PEÑA DE MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. 11.953.608, 18.125.315, 8.076.800, 8.036.360, 16.655.058, 4.795.804, 10.108.904, 10.102.991, 5.482.226, 8.008.297 y 11.954.767 en su orden, inscritas en el IPSA bajo los Nos. 81.599, 148.538, 62.346, 45.505, 115.347, 105.662, 117.840, 79.222, 50.428, 84.483 y 91.098 respectivamente (folios 43 y 44).

MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD PROFESIONAL.

En el día hábil de hoy, martes cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 a. m.), día y hora fijados por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia oral y pública de juicio en la presente causa, de conformidad con lo previsto en los artículos 151 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anunció el acto a la puerta de la sala de audiencia, se deja constancia que se encuentra constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con la presencia de la Jueza, DUBRAWSKA PELLEGRINI PAREDES, la Secretaria, YURAHI GUTIÉRREZ QUINTERO, y el ciudadano Alguacil, JAVIER MOLINA. En este estado, y previo el anuncio de Ley realizado por el prenombrado Alguacil, la ciudadana Secretaria, procede a certificar la comparecencia de las partes, al efecto, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano GUSTAVO ANTONIO VIELMA GELVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.237.405, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Así mismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada; GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA, y del tercero llamado a juicio CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO MERIDA., por medio de representante legal, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Acto seguido, la ciudadana Juez que preside la audiencia, vista la incomparecencia de las partes al presente acto, aplica el efecto jurídico previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO. Se ordena la notificación de la de la presente decisión a la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como la notificación del Procurador General del Estado Mérida, a tenor de lo previsto en el artículo 51 de la Ley de la Procuraduría General del Estado Mérida, en concordancia con lo tipificado en el precitado artículo 86 eiusdem. Dado firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. En Mérida, a los cuatro (04) días del mes de diciembre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
Dios y Federación
La Juez Titular,

Dubrawska Pellegrini Paredes
La Secretaria

Yurahi Gutiérrez Quintero
En la misma fecha se dictó y publicó la decisión que antecede, siendo las once y cincuenta y siete minutos de la mañana (11:57 am).
Sria