REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA

202º y 153°


SOLICITUD NRO.8373
.
S O L I C I T A N T E: MARIA LUISA DAVILA RUIZ. .

M O T I V O: RECTIFICACIONES DE PARTIDAS DE NACIMIENTO


FECHA DE ADMISION: 26 DE JUNIO DE 2012


VISTOS .-

L A N A R R A T I V A

Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la ciudadana IMARIA LUIDA DAVILA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.031.859, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.21.864, actuando en nombre y representación de los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES, BELKIS MARIBEL HERNANDEZ DE RANGEL y EDGAR LEONARDO HERNANDEZ PUENTES, quienes son venezolanos, mayores de edad, Titulares de la cédula de Identidad N° 5.197.535, 8.008.661, 8.013.612, 8.032.695, 10.105.190 y 10.716.483, de este domicilio y civilmente hábiles, mediante la cual solicita la Rectificación de las partidas de Nacimiento, de los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES y BELKIS MARIBEL HERNANDEZ de RANGEL, antes identificados, asentados a por ante la Prefectura Civil del Estado Mérida, hoy día Registro Civil de la Parroquia El Llano Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo los Nros. 1022, 1266, 1855, 2004 y 2223, las cuales corren insertas en los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondiente a los años 1.957, 1.958, 1.960, 1.964 y 1.969, respectivamente. ----------------------------------------------------------------------Manifiesta la solicitante que “…..mis representados son hijos de la ciudadana MARIA ADELAIDA PUENTES DE HERNANDEZ, identificada como venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.033.999, quien según consta en la partida de nacimiento 289, que reposa en los libros de Registro de Nacimientos …levado por la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida….que la ciudadana MARIA ADELAIDA PUENTES, durante su existencia dijo llamarse, llevó por nombre y fue conocida como ADELA PUENTES DE HERNANDEZ, nombre con el que se casó y realizó todos sus actos…..este error …trajo como consecuencia que se señalara y se asentara en cada una de las Actas de nacimiento el nombre de la progenitora incorrecto, es decir; como hijos de ADELA PUENTES, nombre con el que ella dijo llamarse y con el que se identificó en vida y no el de MARIA ADELAIDA PUENTES, que era su verdadero nombre.. fueron asentadas las actas de sus hijos, apareciendo como hijos de ADELA PUENTES DE HERNANDEZ y no como hijos de MARIA ADELAIDA PUENTES DE HERNANDEZ…..”


L A M O T I V A

El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado al levantar las Actas de partidas de nacimiento de los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES y BELKIS MARIBEL HERNANDEZ de RANGEL, antes identificados. Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos: A) Copia certificada del Acta de nacimiento expedida por el Registrador Civil de la Parroquia El Llano Municipio Libertador del Estado Mérida, signada con el Nro. 289, año 1.932, correspondiente a la ciudadana MARIA ADELAIDA PUENTE OSUNA. B) Acta De matrimonio signada con el Nro. 6, folio 8 y su vuelto, año 1957, correspondiente a los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE HERNANDEZ y ADELA PUENTES. C) Copias cerificadas de las Actas de Nacimiento de los ciudadanos: RAMON ENRIQUE, MIGUEL EDUARDO, JESUS ALBERTO, RICARDO ALFONSO, BELKIS MARIBEL. Y EDGAR LEONARDO. D) Copia certificada del Acta de Defunción de la ciudadana MARIA ADELAIDA PUENTES DE HERNANDEZ , expedida Registro Civil Mariano Picón Salas del Municipio Libertador del Estado Mérida, signada con el Nro. 117. de fecha 09 de Noviembre de 2010. E) Edicto librado en la presente causa publicado en el Diario El Nacional de fecha 08 de Agosto de 2012. F) Boleta de Notificación debidamente firmada librada al Fiscal de Familia del Ministerio Público del Estado Mérida, ciudadana Eddyleiba Balza.- ---------------------------------------------------------------------------- Encuentra este Tribunal que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error o el cambio señalado en cuanto al nombre de la madre de los solicitantes en las partidas de nacimientos a las cuales hace referencia. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error y el cambio invocado que aparece en las partidas de nacimientos Nros. Nros. 1022, 1266, 1855, 2004 y 2223, las cuales corren insertas en los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondiente a los años 1.957, 1.958, 1.960, 1.964 y 1.969, respectivamente, correspondiente a los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES y BELKIS MARIBEL HERNANDEZ de RANGEL, en su orden, insertas en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, razón por la cual la solicitud de rectificación de la partidas de nacimientos a que se contrae en este expediente debe ser declarada con lugar y así se decide.


L A D I S P O S I T I V A

Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nros. 1022, 1266, 1855, 2004 y 2223, las cuales corren insertas en los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondiente a los años 1.957, 1.958, 1.960, 1.964 y 1.969, respectivamente, correspondiente a los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES y BELKIS MARIBEL HERNANDEZ de RANGEL, en su orden, insertas en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, en el entendido de que en dichas partidas que reposan en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, respectivos, en el original y en el duplicado, aparezcan en lo sucesivo en dichas actas el nombre de la madre de los ciudadanos RAMON ENRIQUE HERNANDEZ PUENTES, MIGUEL EDUARDO HERNANDEZ PUENTES, JESUS ALBERTO HERNANDEZ PUENTES, RICARDO ALFONSO HERNANDEZ PUENTES y BELKIS MARIBEL HERNANDEZ de RANGEL, antes identificados, en la forma siguiente: “MARIA ADELAIDA PUENTES DE HERNANDEZ”. Quedan así rectificadas dichas Partidas de Nacimiento. -----------
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 03 de Diciembre de 2012.
LA JUEZ:

Dra. FRANCINA M. RODULFO A.

LA SECRETARIA

ABG. SUSANA E. PARRA C.
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 3:00 p.m. y se dejó copia certificada.
La Secretaria: