JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Seis de Diciembre de Dos Mil Doce.
202º y 153º

EXPEDIENTE Nro. 7422.
SOLICITANTE: GERMAN HUMBERTO GONZALEZ LABRA
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA.

Por cuanto este Tribunal observa que los actos de Reconocimiento de fecha 30 de Noviembre de 2012, correspondiente a los ciudadanos MARIA AUXILIADORA LEON FERNANDEZ, MARCO ANTONIO FERNANDEZ ARELLANO, PAVEL ENRIQUE MENESES PEREZ y ANGEL LEONARDO MARQUEZ CHACON, venezolanos mayores de edad, Titulares de la cédula de identidad Nros. 10.103.771, 8.027.281, 10.107.731 y 9.475.847, en su orden, que rielan a los folios 21, 22, 24 y 25 en la presente solicitud, los mismos al leérseles y ponerles a la vista el documento contentivo de Testamento Ológrafo otorgado por el ciudadano ALEJANDRO GONZALEZ LABRA, al ciudadano GERMAN HUMBERTO GONZALEZ LABRA, de fecha 13 de Octubre de 2012, inserto al folio Cuatro (4) de la presente solicitud, los mismos expusieron, que como testigos reconocen en todas y cada una de sus partes el contenido del documento contentivo de Testamento Ológrafo otorgado por el ciudadano ALEJANDRO GONZALEZ LABRA, al ciudadano GERMAN HUMBERTO GONZALEZ LABRA, de fecha 13 de Octubre de 2012, por ser el mismo que suscribieron en esa oportunidad, e igualmente reconocen sus respectivas firmas las cuales aparecen estampadas al pie de dicho documento. En consecuencia, este Tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 1.364 del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, Declara: RECONOCIDO EL DOCUMENTO contentivo de Testamento Ológrafo otorgado por el ciudadano ALEJANDRO GONZALEZ LABRA, al ciudadano GERMAN HUMBERTO GONZALEZ LABRA, de fecha 13 de Octubre de 2012, inserto al folio Cuatro (4) de la presente solicitud, salvo las acciones y excepciones que correspondan de conformidad con el artículo 1.367 del Código Civil. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZ:


DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.