Comisión 909-12
En horas de Despacho del día de hoy miércoles doce (12) de diciembre de dos mil doce, siendo las nueve treinta (09:30) minutos de la mañana, día fijado por este Ejecutor para llevar a efecto la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, previo traslado y constitución de este TRIBUNAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIÁNI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de El Vigía, con la presencia de la Jueza Titular Abg. YAMILET FERNÁNDEZ CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.467.190, con matrícula Inpreabogado bajo el Nº 68.974, con el Secretario RENZO SERRA MENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.633.807, por indicación de la parte actora ciudadano ANAS ALBASET, titular de la cedula de identidad Nº E- 84.551.578, comerciante, domiciliado en esta ciudad de El Vigía Estado Mérida, representado en este acto por su apoderado judicial abogado: KAVIER CELIPE SALAS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.512.997 con Inpreabogado bajo el N° 32.327; en el sitio conocido como Avenida 12 entre calles 1 y 3 casa Nº 189, Sector Barrio El Carmen, El Vigía del Estado Mérida, en un local comercial donde funciona la zapatería CANAÁN, de HEBERT DOUGLAS IZQUIEL MADRID, a objeto de practicar medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Alberto Adriáni, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en la ciudad de El Vigía, motivo: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Presente una persona que luego de requerirle su identificación manifestó ser y llamarse HEBERT DOUGLAS IZQUIEL MADRID, titular de la cédula de Identidad N° V- 11.292.767, en su condición de demandado en la presente causa y a quien este Tribunal le notificó el motivo de su constitución. Previo permiso o autorización del notificado procedimos a ingresar al interior del inmueble dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, se designa como Depositaria Judicial a la Empresa DEPOSITARIA JUDICIAL LEX S.A., representada por el ciudadano: JOSE RAFAEL UZCATEGUI RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 8.004.632 y como PERITO AVALUADOR SHIRSLEY CECILIA MONTES, titular de la cédula de identidad N° V- 13.790.944, quienes estando presentes aceptaron el cargo para el cual fueron designados y prestaron el juramento de Ley. En este acto se le concede al demandado un lapso de espera de treinta minutos a los efectos de que se comunique con abogado de confianza que lo asista en el presente acto. Vencido dicho lapso hizo acto de presencia la abogada en ejercicio ciudadana LIGIANA DE LAS NIEVES FEBRES DAVILA, titular de la cedula de identidad Nº V-15.357.255, con matrícula Inpreabogado bajo el Nº 115.755, en su carácter de abogado asistente del demandado, y a quien este Tribunal le notificó el motivo de su constitución. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra a la parte actora, quien expone: “Solicito a este Tribunal proceda a embargar bienes propiedad del demandado, es todo”. Acto continuo se le concede el derecho de palabra al demandado a través de su abogado asistente quien expone: “A los fines ponerle fin al presente juicio, ofrezco pagar en este acto la totalidad de la deuda con bienes muebles de mi absoluta propiedad, los cuales se encuentran dentro del inmueble donde está constituido este Tribunal, los cuales son los siguientes: Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30017, Modelo Lago, Color Black/Orange, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30015, Modelo Yukón, Color Rojo/Gris, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gris/Orange Red, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30018, Modelo Shadow, Color Orange/Red, Numero 41, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30018, Modelo Shadow, Color Orange/Red, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30015, Modelo Yukon, Color Red/Gray, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Light/Brown/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Light/Brown/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30015, Modelo Yukon, Color Red/Gray, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 41, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30016, Modelo Galipán, Color Gray/Yellow, Numero 42, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 41, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30016, Modelo Galipán, Color Gray/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30016, Modelo Galipán, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Light/Brown/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Brown/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Brown/Yellow, Numero 40, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 30014, Modelo Alaska, Color Gray/Yellow, Numero 39, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 002011, Modelo Ranger, Color Marrón/Claro, Numero 41, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Tres (03) pares de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 002011, Modelo Ranger, Color Marrón/Claro, Numero 45, valorado en DOS MIL CUATRO CIENTOS BOLIVARES (Bs.2400,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 002011, Modelo Ranger, Color Marrón/Oscuro, Numero 44, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 002011, Modelo Ranger, Color Marrón/Claro, Numero 44, valor en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00); Un (01) par de Zapatos, Marca SkyLand, Referencia 002011, Modelo Ranger, Color Marrón/Claro, Numero 43, valorado en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00); Once (11) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 7A0212, Colores Varios, Números del 35 al 38, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,00); Cuatro (04) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 11, Colores Varios, Números del 40 al 45, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,00); Cinco (05) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 113776, Colores Varios, Números del 40 al 45, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,00); Un (01) par de zapatos, Marca Converse, Referencia 11294, Color Marron, Numero 40, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00); Un (01) par de zapatos, Marca Converse, Referencia 108783, Color Marron, Numero 39, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00); Dos (02) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 114679, Colores Varios, Numeros 36 y 39, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00); Cuatro (04) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 7A021233, Colores Varios, Numeros del 36 al 37, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,00); Un (01) par de zapatos, Marca Converse, Referencia 11294, Color gris, Numero 40, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00); Dos (02) pares de zapatos, Marca Converse, Referencia 114683, Colores Varios, Numeros 38 y 39, valorados en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para un total de MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00); Un (01) par de zapatos, Marca Converse, Referencia 114680, Color negro/rosado , Numero 37, valorados en CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00). Los bienes antes identificados alcanzan la suma de CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.41.500,00), es todo”. Acto continuo, se le concede nuevamente el derecho de palabra a la parte demandante a través de su apoderado judicial, quien expone: “Acepto el pago que en este acto formula la parte demandada, en la mercancía antes señalada y descrita, dejamos constancia que el ciudadano HEBERT DOUGLAS IZQUIEL MADRID no queda a deber nada por este y ningún otro concepto, a su vez le solicito al Tribunal Ejecutor se abstenga de ejecutar la medida, y solicitamos al Tribunal de la causa, se ordene el archivo del expediente, es todo”. Este Tribunal visto el pago efectuado por la parte demandada y aceptado por la parte demandante acuerda de conformidad y en consecuencia se abstiene de practicar la presente medida y acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal de la causa. El Tribunal se encuentra resguardado por los funcionarios policiales adscritos a la Coordinación Policial N° 7 de El Vigía, OFICIAL AGREGADO: CONTRERAS NEILA Y OFICIAL JORGE PEREZ. El Tribunal deja constancia que por las presentes actuaciones no se cobraron aranceles judiciales. Visto el pago efectuado y no habiendo otra actuación que verificar, siendo las dos y cinco (02:05) minutos de la tarde, este Tribunal acuerda regresar a su sede natural, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.- LA JUEZ TITULAR: ABG. YAMILET FERNÁNDEZ C. (FDO), DEMANDANTE: ANAS ALBASET. (FDO), APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. KAVIER CELIPE SALAS VALECILLOS (FDO), DEMANDADO: HEBERT DOUGLAS IZQUIEL MADRID (FDO), ABOGADO ASISTENTE: ABG. LIGIANA FEBRES DAVILA (FDO), DEPOSITARIA JUDICIAL LEX. S.A.: JOSE RAFAEL UZCATEGUI R. C.I. N° V-8.004.632 (FDO), PERITO AVALUADOR: SHIRSLEY C. MONTES C.I. N° V-13.790.944 (FDO), FUNCIONARIOS POLICIALES: CONTRERAS NEILA (FDO), JORGE PEREZ (FDO), EL SECRETARIO: ABG. RENZO A. SERRA M. (FDO).
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