REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, 10 de enero de 2012
201º y 152º
Asunto Nro.00554

SOLICITANTE: NANCY MARLENY AVENDAÑO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.018.779.-

BENEFICIARIO: OMITIR NOMBRE, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.721.582.-

MOTIVO: Autorización Judicial para Cobro de Beneficios.

Vista la solicitud presentada en fecha 19 de diciembre de 2011, presentada por la ciudadana NANCY MARLENY AVENDAÑO ALVARADO, en su condición de madre y representante legal del adolescente OMITIR NOMBRE, asistida por el Abogado en ejercicio LUZ COROMOTO DAVILA RAMIREZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 50.101; Lo admite cuanto lugar en Derecho, por no ser el mismo contrario al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la ciudadana NANCY MARLENY AVENDAÑO ALVARADO, solicita AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar Prestaciones Sociales y cualquier otro beneficio laboral que le pueda corresponder, dejados por su padre el causante JOSE MERCEDES BANAVIDES BALZA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.092.432, quien falleció ab intestato en fecha 22 de mayo del 2010, quien se desempeñaba como ayudante de mantenimiento adscrito a la Corporación Merideña de Turismo de la Gobernación del Estado Mérida.

Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por consiguiente pasa este Tribunal a decidir.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo segundo, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes. “Se deja a salvo los derechos de terceros” Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana NANCY MARLENY AVENDAÑO ALVARADO, plenamente identificada en autos, actuando en nombre y representación de su hijo el ciudadano OMITIR NOMBRE, de 15 años de edad; pueda tramitar y cobrar dichas cantidades de dinero de la cual el mencionado adolescente es beneficiario. El Tribunal exhorta al ente empleador a pagar los beneficios que le pueda corresponder y a elaborar Cheque de Gerencia por la cuota parte que le pueda corresponder al prenombrado adolescente, a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, a favor del adolescente OMITIR NOMBRE, de 15 años de edad y remitirlo a este Despacho, para lo cual el Tribunal autoriza la entrega del mismo a la ciudadana NANCY MARLENY AVENDAÑO ALVARADO en su carácter de madre del referido adolescente, a objeto de que lo consigne por ante este despacho, en un plazo no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.
Regístrese y Publíquese. Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, 10 de enero del 2012.-

LA JUEZA

ABG. GLADYS YOLANDA JASPE

LA SECRETARIA,

ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ







Abg. Fabiola Colmenares