REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 20 de enero de 2012
201º y 152º
Revisado como ha sido el presente expediente y visto el informe de seguimiento inserto al folio 104 suscrito por Trabajador Social Lic. Wilfredo José Quero Ovalles, así cuanto las actas que lo integran se evidencia que el ciudadano JOSE ASENCION ANDRADE MONSALVE, es mayor de edad, según se puede evidenciar en la Partida de Nacimiento Nº 280, expedida por el Prefecto Civil de la Parroquia El Sagrario del Municipio Libertador del estado Mérida, (hoy Registro Civil), que corre inserta al folio (04). En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, esta Juzgadora del CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 10449 DEMANDANTE: NIÑO: JOSE ASENCION ANDRADE MONSALVE. ANDRADE AVILA JOSE ASCENCION; MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCION. Procedencia: FISCALIA DECIMA QUINTA DEL MINISTERIO PUBLCIO DEL ESTADO MERIDA; Fecha de Entrada: 29-09-2010. CÚMPLASE.
LA JUEZA
ABG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA
ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior,
La Sría.
Fm/10449
|