REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 20 de enero de 2012
201º y 152º
Expediente Nro. 18363
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: MARIA TINTINA RIVAS RUIZ y ROLANDO ALBERTO CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-11.469.248 y V.11.460.624, respectivamente.
DESCENDIENTE: OMITIR NOMBRE, de 07 años de edad.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES
El día de hoy, viernes 20 de enero de 2012, presente los ciudadanos MARIA TINTINA RIVAS RUIZ y ROLANDO ALBERTO CARRILLO, plenamente identificados en autos, manifestando el ciudadano ROLANDO ALBERTO CARRILLO, quien considera que nunca a dejado de cumplir, ya que al momento de establecerse se acordó que el descuento se realizara directamente de su sueldo, sin embargo no se realizo tal descuento por lo que se acumularon los bonos que hoy se exige su cumplimiento, acumulando una deuda de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) los cuales se compromete a depositar en la cuenta de ahorros del banco Sofitasa a nombre de la madre ciudadana MARIA TINTINA RIVAS RUIZ, a razona de CIENTO SESENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 161,00) mensuales, hasta la cancelación total de la misma y luego continuara depositando el bono especial en los meses de agosto de cada año. En relación al Régimen de Convivencia Familiar de mutuo acuerdo establecieron de mutuo acuerdo un régimen de convivencia que le permita al padre mantener un contacto directo y frecuente con su hija a lo que la madre esta en la mayor disposición, por lo que se acuerda establecer vía telefónica el contacto para realizar el encuentro entre padre e hija. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 03438.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes MARIA TINTINA RIVAS RUIZ y ROLANDO ALBERTO CARRILLO plenamente identificados a los autos. CUMPLASE
La Jueza
Abg. GLADYS YOLANDA JASPE
La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
Abg. FMCS