REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciséis de enero del dos mil doce.

201º y 152º

Visto el desistimiento de fecha 01 de diciembre del dos mil once (folio 205), suscrito por el ciudadano DAVID HERNANDEZ DUGARTE, parte actora debidamente asistido por el abogado JULIO DAVID PAREDES MUÑOZ, en la presente causa. Y Vista la diligencia de fecha doce de enero de 2012 (folio212), suscrita por la abogado MARIA ITALIA QUINTERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual acepta el mismo. En consecuencia, y por cuanto la mencionada apoderada tiene facultad expresa para desistir como consta en instrumento poder que obra al folio 34 y 35 del presente expediente. El Tribunal homologa el desistimiento de la acción y el procedimiento hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y se ordena el desglose del Poder (folios 35 y 36) y archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA



LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
ACEN-