Horas de despacho del día de hoy, nueve de enero de dos mil doce, siendo las once de la mañana, día y hora señalados por este Tribunal para que tenga lugar el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO del proceso. Se abrió el acto, se deja constancia que la parte demandante ciudadana GLADYS MARIOTZI MORA DE VENDRAME no se hizo presente ni por si ni por medio de apoderado. Presente en este acto el ciudadano LEANDRO JOSÉ VENDRAME VELAZCO, venezolano, mayor de edad, cedulado con el Nro. 10.899.699 domiciliado en la Urbanización Vista Hermosa, quinta Vendrame, calle 6 El Vigía, Estado Mérida, con el carácter de parte demandada, con su apoderada judicial abogada YOLANDA MARGARITA RINCON SANCHEZ, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DEL ABOGADO con el Nro. 21.390. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 756 y 757 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguido el presente proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
PARTE DEMANDADA

LEANDRO JOSÉ VENDRAME APODERADA JUDICIAL

LA SECRETARIA, ABG. YOLANDA MARGARITA RINCON

ABG. NORIS BONILLA VARGAS
Og.